Hablemos de cosas cotidianas

Con este “post” cierro esta temporada y doy paso al lapso estival, siempre tan anhelado por necesario. Si nada me lo impide -toco madera, volveré a asomar la cabeza por aquí el M7/9; confío en que después de haber disfrutado de unos días de relajo que me permitan el reposo del cuerpo en general y de la cabeza en particular, para lo que mi receta es sencilla: aire libre, planes disipados, planificación la justa y necesaria, lecturas relajantes y algún exceso gastronómico. Creo que no se puede pedir más.

Pero antes de eso quiero compartir aquí un tema de andar por casa, cotidiano, aparentemente hasta banal pero que, me da a mí, que encierra algo más de fondo. Eso, claro, siempre que no se me esté escapando algo; que -obvio es decirlo- siempre puede ser.

Vamos a ello: como contrapunto a mi confesa aversión a la obligatoria relación electrónica con la Administración -y destaco que pongo el énfasis en esa obligatoriedad y no en el medio en sí-, sigo siendo muy dado a presentar escritos por correo administrativo sólo -obviamente- cuando se trata de clientes a los que la normativa les exonera de la vía telemática.

El correo administrativo, como es bien sabido, es aquel que, amén de ser certificado y con aviso de recibo, aporta un plus al remitente: que se quede con una copia sellada del contenido del sobre enviado (en el correo certificado “ordinario”, sólo tenemos la prueba de haber enviado algo, pero no se sabe qué) siendo así que ese mismo contenido, a su vez, también va sellado y, por tanto, así le constará a la Administración destinataria. Bien.

Lo que ahora merece mi atención es el fenómeno que he detectado recientemente en varias ocasiones y que, según yo lo veo, es un déficit en este sistema de envío y que, como tal, podría acarrear más de un inconveniente a sus usuarios.

Imaginemos una situación para nada de laboratorio (de hecho, fue la que me ocurrió hace apenas unos días y la que me sirvió de recordatorio de este escenario que aquí denuncio): sea un contribuyente -no se olvide, siempre ciudadano- que se persona en una oficina de Correos con cuatro escritos por duplicado (original + copia) y con otros tantos sobres; siendo así que en todos ellos él es el remitente y una -por ejemplo- Dependencia de Gestión de la AEAT la única destinataria en todos y cada uno de esos cuatro envíos. Cada envío -original y copia- se refiere a un asunto diferente; por ejemplo: el IRPF de 2016, de 2017, 2018 y 2019…

Ante esta situación -como digo, para nada extraña- ese ciudadano saldrá de Correos (o bien se le remitirá por correo electrónico) con cuatro justificantes de envío que, a su vez, se completarán con otros tantos acuses de recibo cuando los sobres hayan tenido entrada en la destinataria Dependencia de Gestión. Y aquí surge la pregunta: si el remitente y destinatario es el mismo en esos cuatro envíos, y en ninguno de ellos (es decir, en la copia sellada que nos hemos quedado) consta un código identificativo específico -consta, eso sí, en los justificantes de certificado, pero la dificultad es casar cada uno de éstos con el concreto objeto del envío realizado- ¿cómo saber a qué concreto envío -de esos cuatro- se corresponde el certificado de envío y el de recibo?

Este interrogante será del todo inocente -por estéril- en la mayoría de los supuestos, es decir, aquellos en los que efectivamente el escrito llega a su destinatario con normalidad, pero ¿qué ocurre si uno no llega? ¿cómo saber cuál es el que se ha “extraviado”? Y en aquellos supuestos -para mí del todo malévolos- en los que ciertos plazos se computan desde la entrada del asunto en la Dependencia competente para su resolución, si en un escenario como el aquí relatado, alguno de esos cuatro escritos no se recibe el mismo día que los otros tres, ¿cómo saber cuál es cuál?

En su día -no hace mucho- Correos generaba una pegatina con un código alfanumérico que quedaba adherida a cada escrito, siendo ese código el que identificaba plenamente el envío…, pero observo que ahora ya no es así. Entonces, en la era de la inmersión tecnológica, ¿cómo subsanar el “agujero” aquí apuntado?

Ahí lo dejo.

Descansen y, sobre todo, sean buenos; todos.

#ciudadaNOsúbdito

2 pensamientos en “Hablemos de cosas cotidianas

  1. Javier

    Pues la única solución que se me ocurre es hacer tantos certificados diferenciados como documentos se envían.
    Gracias por el aviso a navegantes.

    Responder
  2. Carlos Ruano

    Durante mucho tiempo he leido este blog sin comentar nada , pero recientemente me sucedió algo relativo a este uso del correo administrativo . El cliente personalmente llevó los sobres a correos y realizó el procedimiento correctamente ,pero usó sobres que yo le había suministrado con el membrete del despacho, y fueron rechazados por la administración receptora sin ser ni siquiera abiertos por considerar que venían de un profesional y por tanto obligado a utilizar la via telemática.

    Posteriromente los presenté ya fuera de plazo por dicha via con mi certificado profesional, pero luego la contestación (también telemática) venia dirigida al cliente y yo no podía acceder a ella con mi certificado, un disparate auténtico.

    Responder

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