A las 23:59:59 del 31 de diciembre

Estas fechas navideñas, siempre tan dadas al jolgorio, también sirven -y quizá una cosa no desdibuje la otra- para la introspección, el análisis, el balance -en fin- de lo acontecido en el año que se acaba. Hoy, festividad de San Silvestre (y, por tanto, de celebración de su homónima carrera vallecana), es un día para la diversión; pero no necesariamente en masa: desde que consumí mi tierna juventud, ya avisé a mis allegados que si algún día me pierdo, no me busquen en la Puerta del Sol el 31 de diciembre, ni tampoco en la plaza del Ayuntamiento de Pamplona el 6 de julio. Sin embargo, quizá sea más probable encontrarme -¡quién sabe!- remando en el lago de Sanabria un día anodino del mes de noviembre…

Pero, en fin, no es de mi aversión a las masas de lo que hoy quería hablarles, pero sí de algo relativo al día de hoy, 31 de diciembre. Este año se reproduce el debate ya habido con el año 2000 -entonces con el milenio, hoy con la década- atinente a cuándo acaba la década, si cuando se extinga 2019 o al agotarse 2020 (es una “trampa” del calendario, como esa que nos enseñaban en el “cole” relativa a que la numeración de los siglos es “mentirosa” pues siempre va cien años por delante respecto a la numeración de los años que contiene). Céntrate, Javier: hoy, 31 de diciembre –“tripito”-, es una fecha muy señalada para multitud de eventos tributarios; y es que, así a vuelapluma -y sin ánimo de exhaustividad, no vaya a ser que tenga que incorporar un “disclaimer” de exoneración de responsabilidad en los “posts”-, se me ocurren los siguientes:

-. El devengo “natural” (y no por óbito) del IRPF.

-. Ídem del Impuesto sobre Sociedades (IS; si el ejercicio coincide con el año natural).

-. Impuesto sobre el Patrimonio; excepto que el contribuyente fallezca a lo largo del ejercicio en cuyo caso -a diferencia del IRPF- el IP no se devenga. Un singular recuerdo en este punto para la simpar CV 1703-12 relativa a un contribuyente del IP fallecido, precisamente, el mismísimo 31/12, lo que llevó a sus deudos a cuestionarse si el IP era exaccionable, a lo que la DGT respondió que “dado que el fallecido seguía con vida (sic; he aquí todo un paradigma de oximorón) en algún momento de dicho día, se ha devengado el impuesto correspondiente y, en consecuencia, los herederos y sucesores a título universal deberán presentar por cuenta del mismo la correspondiente autoliquidación”. Como diría Alfonso Arús: “¡Qué mala suerte!”

Amén de que, apenas un segundo después de que el año expire, es decir, a las 00:00:00, se abre el plazo para afrontar no pocas obligaciones tributarias (algunas con vencimiento el 20, 30 o 31 de enero, que de todo hay):

-. IRPF e IS

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Diciembre 2019. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230
  • Cuarto trimestre 2019: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Resumen anual 2019: 180, 188, 190, 193, 193-S, 194, 196, 270

-. IRPF

Pagos fraccionados Renta

  • Cuarto trimestre 2019:
    • Estimación directa: 130
    • Estimación objetiva: 131

-. IVA

  • Comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre, régimen especial del grupo de entidades: 039
  • Cuarto trimestre 2019: Servicios vía electrónica: 368
  • Diciembre 2019. Autoliquidación: 303
  • Diciembre 2019. Grupo de entidades, modelo individual: 322
  • Diciembre 2019. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Diciembre 2019. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
  • Diciembre 2019 (o año 2019). Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
  • Cuarto trimestre 2019. Autoliquidación: 303
  • Cuarto trimestre 2019. Declaración-liquidación no periódica: 309
  • Cuarto trimestre (o año 2019). Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Cuarto trimestre 2019. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
  • Resumen anual 2019: 390
  • Solicitud de devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales: 308
  • Regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicio: 318
  • Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341
  • Opción o revocación de la aplicación prorrata especial para 2020 y siguientes, si se inició la actividad en el último trimestre de 2019: 036/037
  • Solicitud de aplicación del porcentaje provisional de deducción distinto del fijado como definitivo en el año precedente: sin modelo

-. IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Diciembre 2019: 430
  • Resumen anual 2019: 480

-. IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Octubre 2019. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Octubre 2019. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Diciembre 2019: 548, 566, 581
  • Diciembre 2019: 570, 580
  • Cuarto trimestre 2019: 521, 522, 547
  • Cuarto trimestre 2019. Actividades V1, V2, V7, F1, F2: 553
  • Cuarto trimestre 2019. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572
  • Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

-. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

  • Diciembre 2019. Grandes empresas: 560
  • Cuarto trimestre 2019. Excepto grandes empresas: 560

-. IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

  • Año 2019. Autoliquidación: 584
  • Año 2019. Autoliquidación anual: 585
  • Tercer cuatrimestre 2019. Autoliquidación: 587

-. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN

  • Cuarto trimestre 2019: 595
  • Año 2019. Declaración anual de operaciones: 596

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE CERTIFICACIONES INDIVIDUALES EMITIDAS A LOS SOCIOS O PARTÍCIPES DE ENTIDADES DE NUEVA O RECIENTE CREACIÓN

  • Resumen anual 2019: 165

DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE IMPOSICIONES, DISPOSICIONES DE FONDOS Y DE LOS COBROS DE CUALQUIER DOCUMENTO

  • Año 2019: 171

DECLARACIÓN INFORMATIVA TRIMESTRAL DE LA CESIÓN DE USO DE VIVIENDAS CON FINES TURÍSTICOS

  • Año 2019 (cuarto trimestre): 179

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS Y OTRAS OPERACIONES FINANCIERAS RELACIONADAS CON BIENES INMUEBLES

  • Declaración anual 2019: 181

DONATIVOS, DONACIONES Y APORTACIONES RECIBIDAS Y DISPOSICIONES REALIZADAS

  • Declaración anual 2019: 182

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS

  • Año 2019: 184

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ADQUISICIONES Y ENAJENACIONES DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES EN INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA

  • Declaración anual 2019: 187

OPERACIONES CON ACTIVOS FINANCIEROS

  • Declaración anual de operaciones con Letras del Tesoro 2019: 192
  • Declaración anual 2019: 198

DECLARACIÓN INFORMATIVA POR GASTOS EN GUARDERÍAS O CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL AUTORIZADOS

  • Declaración anual 2019: 233

PLANES, FONDOS DE PENSIONES, SISTEMAS ALTERNATIVOS, MUTUALIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL, PLANES DE PREVISIÓN ASEGURADOS, PLANES INDIVIDUALES DE AHORRO SISTEMÁTICO, PLANES DE PREVISIÓN SOCIAL EMPRESARIAL Y SEGUROS DE DEPENDENCIA

  • Declaración anual 2019: 345

Así las cosas, cuando logren tomarse esa última uva -si es que son capaces, que no es fácil-, piénsenselo dos veces antes de congratularse por el año nuevo y, más aún, antes de felicitar a propios y a extraños (que de todo hay en la viña del Señor).

En cualquier caso, tampoco me hagan excesivo caso y, por tanto, no le den tanta importancia a todo lo que pone en marcha ese segundo… Recuerden -por ejemplo- que, durante todo el año, las primeras siete horas de cada día están en el limbo jurídico pues el BOE no se publica hasta las 7:00; o que la ya histórica declaración del “estado de alarma” (4/12/2010) tuvo efectos desde el  mismo “instante” (sic) de su publicación en el BOE. ¡Cosas veredes!

En fin, que les deseo a todos Ustedes lo mejor para este año 2020, lo que, como bien apunta mi bien querido Alejandro Menéndez, significa lo que crean que es mejor para Ustedes y los suyos”.

#ciudadaNOsúbdito

 

2 pensamientos en “A las 23:59:59 del 31 de diciembre

  1. Daniel

    Que tengan todos ustedes un feliz año, al menos el mismo éxito profesional y ojalá que también nos sigan deleitando con info de calidad. Un cordial saludo, señor Taboada.

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