El IVA en las promociones de comunidad de propietarios: no hay mal que cien años dure.
El Tribunal Supremo acaba de fijar como doctrina jurisprudencial –sentencia de 7 de marzo pasado (STS 844/2018)– que la adjudicación de inmuebles a los comuneros con motivo de la disolución de una comunidad de bienes es una entrega de bienes sujeta al IVA. La nueva jurisprudencia termina con veinte años… Leer más »