A modo de modesta crítica literaria

“Libro cuya lectura no te mejore, quizá te empeore” (refrán).

Hace ya algo más de veinte años, coincidiendo -más o menos- con el inicio de este siglo, desarrollé una apasionada afición (¿cuál no lo es?) a la literatura viajera; es decir, esos relatos que dan cuenta de experiencias acaecidas en viajes, las más de las veces protagonizados por sus propios autores.

Dentro de ese género, me topé con la obra de Javier Reverte que, inicialmente (por ejemplo, con “El sueño de África”; maravilloso), me encantó. Ese encantamiento -que, obviamente, he desarrollado con otros autores de géneros variopintos- se fue diluyendo, poco a poco…, hasta la lectura de “La aventura de viajar” que, ya directamente, me llevó a la ruptura -abrupta, he de decir- con el que hasta entonces había sido uno de mis escritores de cabecera.

¿Qué provocó semejante desencuentro? Pues la confluencia en ese libro de una serie encadenada de dislates geográficos que me hizo perder, ya no la pasión si no cualquier atisbo de interés en lo que escribiera ese autor otrora por mí admirado. No les aburriré con el relato detallado de esos magnos errores; me limitaré a indicarles que, relatando la primera ocasión en que vio el mar, afirmaba que fue el Cantábrico en Vigo (Pontevedra)… Ya no es que el error sea mayúsculo -¡que lo es!-, es que, al enmarcarse en una experiencia personal que él rememora de un modo tan vívido (dudo que alguien con una infancia en el interior, se equivoque de ese modo al ubicar qué mar -¡y donde!- vio por vez primera en su vida), la duda se generaba de inmediato: ¿de verdad, décadas después, creía que aquel mar era el Cantábrico y no el Atlántico?

Me limitaré a concluir esta anécdota -que me sirve de introducción al tema que hoy aquí me ocupa- indicándoles que, ya entonces, puntualmente, denuncié esas patadas al mapa sin que, durante largo tiempo, se corrigieran en las siguientes ediciones de aquel libro… A día de hoy, ya ni tengo ganas de seguir comprobándolo. En fin, capítulo cerrado.

***

El pasado 6 de mayo, mediante una conferencia de prensa (íntegramente en inglés, lo que -obvio es decirlo- habrá reducido sensiblemente su impacto mediático, dado el clamoroso déficit en lenguas foráneas que atesoramos en Españistán), un bufete angloamericano presentó en sociedad un “paper” de su autoría bajo el llamativo título de “Hacienda contra el pueblo” (versión española del inglés vs the people), cuyo prólogo termina con esta advertencia:

“(…) la elaboración de este informe técnico es solo el primer paso de un largo recorrido. Este no será el último informe sobre la AEAT que publiquemos. Cada día descubrimos más cosas. Cada día, aumenta nuestra motivación para compartir nuestros descubrimientos. La AEAT es una institución estatal que inspira temor y aversión. Parece creer que es intocable y que está por encima de la ley. Ya veremos si eso es cierto”.

En su día, en dos de mis quincenales “soliloquios” ya me pronuncié sobre esta campaña, y lo hice en un doble sentido:

.- En cuanto al medio (“Lo del Financial Times”; Atlántico Diario, 22/12/2024):

“(…) no me gusta la publicidad pura y dura de los servicios legales; creo que es 100% legítimo darse a conocer, pero no de cualquier manera…; y, tal y como lo veo, menos todavía con un mensaje de esas características. No comulgo, pues -bien al contrario-, con prácticas de marketing como la aquí apuntada.

Pero, acudiendo al refranero (“no hay mal que por bien no venga”), ello no impide que de este episodio puedan extraerse ciertas enseñanzas. La primera, la resultante del propio anuncio en sí: no cabe descartar que quienes se sientan agraviados por ciertas actuaciones del Ejecutivo, reaccionen airadamente y que, además, lo divulguen. Ya no es pues una mera eventualidad, es una realidad del todo tangible. (…) tenemos -pues- el idóneo caldo de cultivo para que alguien -dolido, muy dolido- busque sacarnos los colores”.

.- En cuanto al mensaje (“¿Hacienda contra el pueblo?”; Atlántico Diario, 18/5/2025):

“No renegaré ahora -ni nunca- de las numerosas críticas que, desde muy diversas tribunas (incluida ésta, con ya más de década y media a sus espaldas), he hecho sobre el maltrecho “sistema” tributario español; y, además, desde una triple perspectiva: la legislativa, farragosa, volátil y técnicamente cutre; la ejecutiva (la que atañe a la AT), dotada de una presunción de validez (suma de la de veracidad y legalidad) que es un exorbitante privilegio aconstitucional, aderezada con un distorsionador “bonus” al funcionariado, y con el gatillo fácil para sancionar/castigar; y la judicial, cuyos exiguos medios materiales y humanos, hacen que -en no pocas ocasiones- llegue tarde, demasiado tarde… No es, pues, nuestro país, un paraíso fiscal; ya no en términos de esfuerzo tributario (que tampoco) como, en lo que ahora interesa, en que sea fácil que el contribuyente de a pie ejercite sus legítimos derechos (defensa incluida) … Esto es así, y me ratifico en ello. (…).

Pero -sí, ahora viene el pero-, una cosa es eso (que ya es, y no poco); y otra -¡muy distinta!- que debamos hacer (y aceptar) una enmienda a la totalidad del sistema y/o una suerte de causa general abierta a la AT. Hay que mejorar mucho y rápido, sí; pero no compremos el mensaje de que todo es tóxico (pues no lo es), ni asumamos (pues tampoco es cierto) que allende nuestras fronteras viven en el mundo de yupi”.

Me he leído -confieso, pecador- el “paper” de marras (en su versión, eso sí, castellana); y veo en él plasmadas bastantes (¿muchas?) de las patologías por mí repetidamente denunciadas. De acuerdo, pues, en todos aquellos aspectos en cuya denuncia coincido y de las que esta misma bitácora da buena cuenta -entre otros- con mis posts quincenales.

Pero -sí, pero- también veo otras cosas:

.- Redacciones infumables, cuya toxicidad no queda subsanada por la advertencia plasmada en una prototípica fórmula de estilo a modo de disclaimer (ya que de inglés hablamos, se me permitirá alguna pequeña licencia, ¿no?); i.e.: “La versión original del presente texto ha sido redactada en idioma inglés, no asumiendo esta parte responsabilidad alguna respecto de la exactitud, fidelidad o interpretación de su versión en castellano”.

Paradigma: “Para ello, se debería atribuir una clara responsabilidad al Ministerio de Haciendo (sic) por hacer que esto ocurra el gobierno debería implementar por completo las recomendaciones anticorrupción del GRECO, es la primera vez que lo mencionas en el texto, por lo que si no lo has leído en el foot note no significa nada en su mayoría todavía pendientes desde 2019”.

Al margen de otros tics, ese párrafo evidencia una galerada no depurada tras una revisión en la que el corrector advertía -estérilmente, visto el resultado final- que la primera vez que se cita un acrónimo debe incluirse su significado.

.- Imputaciones cuando menos cuestionables.

Así: “La AEAT han tenido una reputación dudosa durante muchos años. (…) Cuenta con una historia bien documentada que incluye acusaciones de: abuso de poder, corrupción por parte de algunos altos funcionarios (y) susceptibilidad a la injerencia política”.

Perdón, ¿hablamos de acusaciones (no seré yo quien diga si fundadas o no) o condenas?

.- Focalizar en España la crítica a ciertas praxis administrativas que están generalizadas en nuestro entorno geopolítico (generalización que, paradójicamente, el propio “paper” reconoce).

Veamos: “El nivel de confidencialidad mantenido por la autoridad requerida con respecto a las solicitudes de información de la AEAT reduce la capacidad del contribuyente para impugnar su legitimidad. Curiosamente, en un entorno en el que la transparencia es un tema central, la OCDE, en su iniciativa de intercambio de información, respalda firmemente el derecho de las autoridades fiscales a no informar al contribuyente de la solicitud de información en ningún momento”.

.- Hacer afirmaciones que, hasta donde me consta, serían kafkianas.

Por ejemplo: “Hay relativamente pocos casos fiscales en España que hayan llegado a los tribunales. Las firmas profesionales viven con temor a la revocación de su licencia si sus clientes se resisten, bajo la premisa de que los asesores pueden ser la fuente de intentos de los contribuyentes de evadir sus obligaciones fiscales y, por lo tanto, pueden no renovar su licencia. Pocos están dispuestos a plantar cara a la AEAT y arriesgar sus empresas y sus carreras ante esta intimidación”.

Aquí me permitirán una apreciación personal (seguro que tan subjetiva como cierta): ¿Perdón? Llevo más de tres décadas dedicado a la abogacía tributaria, he planteado cientos -¿miles?- de litigios fiscales y nunca -repito, nunca- ni he percibido ese miedo en primera persona ni he conocido a ningún colega que lo haya experimentado.

En cuanto a que el número de pleitos sea “relativamente” bajo, en contra del mensaje oficial de la AEAT de que se recurre menos del 2% de la actuación de la AEAT (dato porcentual equívoco pues en los más de 16.000.000 de actos emanados de la AEAT hay de todo, como en botica), la realidad es que las actuaciones de Inspección se impugnan en torno a un 20% (o sea, 10 veces la media de toda la producción de la AEAT); ratio que puede parecer bajo, pero no ínfimo. De hecho, en el ámbito contencioso-administrativo, la fiscalidad aparece repetidamente como uno de los mayores focos de litigiosidad.

.- Afirmaciones equívocas (y/o sesgadas).

Así: “No hay manuales publicados por la AEAT que puedan informar al contribuyente, solo breves guías introductorias”.

¿Cómo? Pero, si el problema es precisamente el contrario: una guía del modelo 036 (en apariencia, del todo inocuo) de más de 400 páginas, ¿o qué decir de los manuales del IRPF que ya van por los dos tomos con un total que supera las 1.500 páginas? ¿A eso le llama “breve”…?

.- Pero todo ello aderezado, sí -tal y como apuntaba antes-, con consideraciones con las que comulgo; y para muestra, un botón:

“España ha tenido un problema persistente de elevada deuda pública. En 2022 y 2023 ocupó el cuarto puesto de la UE en deuda pública bruta en porcentaje del PIB41. Su déficit superó el umbral del 3 % en 2022 y en 2023, siendo uno de los 10 únicos Estados miembros en hacerlo. La deuda per cápita en España ascenderá a 33.021 euros a finales de 2024 frente a los 23.362 euros de 2014 y los solo 8.996 euros de finales de 2003.

La magnitud de la montaña de deuda de España ha aumentado inevitablemente la presión para generar ingresos fiscales adicionales, presión que, sin duda, se hizo sentir desde el Gabinete del Presidente del Gobierno, a través del Ministerio de Hacienda, hasta los objetivos de recaudación de la AEAT”.

Siendo así que esta “causa de la causa del mal causado”, me ha llevado, también, a extraer una reflexión: “deberíamos empezar por decidir qué tipo de sociedad queremos: ¿ésa en que papá Estado nos lanza dinero desde un helicóptero (en gráfica expresión de Bernanke) en forma de -por ejemplo- gratuidad de billetes de tren, matrículas universitarias o bono para comprar pescado? ¿De verdad? Si es así, tendremos que pagar su precio; tanto económico (seguramente mucho más de lo que imaginaríamos), como jurídico, pues el espacio es -ya físicamente- limitado; así que, cuanto más ocupe el Leviatán, menos nos quedará para nuestra esfera individual de actuación (más sumisión y menos libertad; o sea: seremos más súbditos y menos ciudadanos). No sé Ustedes; yo, claramente, prefiero buscarme la vida fuera de la jaula” (“¿Hacienda contra el pueblo?”; Atlántico Diario, 18/5/2025).

***

En fin, voy a dejarlo aquí.

A ver: no pretendo aburrirles, pero, para mí, el resumen es claro:

¿Que la praxis administrativa (y, por supuesto, también la legislativa, al menos, en términos de calidad, previsibilidad y estabilidad) en el ámbito tributario en España es manifiestamente mejorable? Por supuesto: mucho, en muy numerosos -y relevantes- aspectos y, además, ya urge. No otra cosa, por cierto, es lo que se desprende de la «Encuesta Sistema Tributario en España» que, en su ya 6ª edición, se acaba de divulgar por el REAF/Consejo General de Economistas…

¿Que el “paper” denuncia aspectos graves que requieren una rápida solución? Claro que sí; y, es más: algunos de ellos yo mismo los he denunciado desde diversas tribunas; también aquí, en Fiscalblog.

Pero siendo así -que lo es y no lo negaré- lo que no me parece de recibo es que se haga un planteamiento general de cuestionamiento del sistema, a modo de una causa general contra la Hacienda española (ya sea la estatal, las autonómicas y/o las locales).

***

He hecho un breve paréntesis en mi ciclo de FP de tornero fresador para venirme hasta Cáceres a disfrutar de una de mis preferidas terapias de grupo (ya saben: “me llamo Javier Gómez y soy asesor fiscal; ¡Hola, Javier!”): la que organizan al alimón el CGPJ y la AEDAF, bajo el formato de Congreso Tributario, ya en su 19º edición. Desde aquí les envío, pues, un saludo, tan mañanero como primaveral.

Cuídense y sean buenos.

#ciudadaNOsúbdito

N.B.: En “La frontera azul” (espesa serie televisiva de mi infancia) se aconsejaba “no despreciar a la serpiente por no tener cuernos, pues podría reencarnarse en un dragón”.

No minusvaloremos -yo el primero- este episodio protagonizado por un despacho angloamericano; y, sobre todo, no demos por hecho -sí o sí- que esté llevando a cabo esta iniciativa en la procura de negocio. Y es que quizá no debamos descartar otra hipótesis: que sea, precisamente, esta puesta en escena el encargo que hayan recibido de algún cliente que se haya podido sentir agraviado por la Hacienda española… Tal vez el mensaje no sea un medio, puede que sea un fin -¡el fin!- en sí mismo.

Hagamos, pues, acopio de palomitas y mantengámonos atentos a las pantallas.

Acerca de Javier Gómez Taboada

Inició su carrera profesional en el Departamento Fiscal de J&B Cremades (Madrid; 1992/94) y, posteriormente, en Coopers&Lybrand (hoy Landwell/PWC; Madrid/Vigo; 1994/97) y en EY Abogados (antes Ernst&Young; 1997/2014) donde fue su Director en Galicia. Licenciado en Derecho por la Universidad de Salamanca (1990). Máster en Asesoría Fiscal (MAF) del Instituto de Empresa (1992). Miembro del Colegio de Abogados y de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF). Coordinador de la Sección del I. Sociedades (2012-2015) de la AEDAF, miembro de su Consejo Institucional (2010-2015, 2018-2023), de su Sección de derechos y garantías del contribuyente (2015-2018), y de su Comisión Directiva asumiendo la Vocalía responsable de Estudios e Investigación (2018-2023). Miembro de los claustros docentes del Curso de especialización en Derecho Tributario de la USC; Máster en Asesoría Jurídica de la UdC; Máster de Derecho Empresarial de la UVigo; Máster en Asesoría Jurídica de Empresa (IFFE/La Coruña); Máster en Fiscalidad y Tributación (Colegio de Economistas de La Coruña); Máster en Tributación y Asesoría Fiscal (Escuela de Finanzas/La Coruña); y Máster en Asesoría Jurídico-Fiscal de la U. Complutense de Madrid. Autor de numerosos artículos doctrinales, tanto individuales como colectivos. Colaborador habitual de la revista del Colegio Notarial de Madrid ("El Notario del siglo XXI") y autor de la tribuna "Soliloquios tributarios" (Atlántico diario). Ponente habitual en Seminarios y Jornadas tributarias. Miembro Jurado 21º-24º edición Premio AEDAF. Reconocido por Best Lawyers (2020/2022) y “Abogado del año”/”Lawyer of the year” (2024).

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