Hoy se inaugura la nueva era: el contribuyente visto como potencial defraudador.

Como había que asegurar el éxito de la regularización tributaria especial («amnistía fiscal»), el legislador no ha esperado a que finalice el plazo (el próximo 30 de noviembre de 2012) y, con la máxima celeridad posible, ha concluido la tramitación parlamentaria y atendido cuantos requisitos formales son precisos para la aprobación de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude (Ley de prevención del fraude fiscal) definida por el que aquí suscribe, como «Ley Minority Report».

En Cataluña, por estas fechas y con los primeros fríos otoñales celebramos la tradicional «Castanyada». Pues bien, el legislador se ha unido a la fiesta, a su modo particular, con su peculiar castaña, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la citada Ley y la consiguiente entrada en vigor.

Por si tenéis interés, adjunto os facilito el enlace pertinente, para su consulta:

http://www.boe.es/boe/dias/2012/10/30/pdfs/BOE-A-2012-13416.pdf

Con la publicación en el día de hoy, a partir de mañana (31 de octubre de 2012), entra en vigor, la citada Ley 7/2012, salvo la norma relativa a limitaciones de pagos en efectivo, que entrará en vigor el próximo 19 de noviembre de 2012 y determinadas medidas (como la nueva regulación de los regímenes de estimación objetiva del IRPF o modificaciones del Impuesto sobre Sociedades, que serán de aplicación a partir del próximo periodo impositivo).

Por tanto, pienso que, podemos hablar que, hoy, se inicia una nueva era en las relaciones entre contribuyentes y las administraciones tributarias, así como entre los propios clientes y los profesionales del ámbito tributario. 

Lo dicho, ¡feliz Castanyada! 

0 pensamientos en “Hoy se inaugura la nueva era: el contribuyente visto como potencial defraudador.

  1. Esaú Alarcón

    Emilio, por ser puntilloso: la entrada en vigor sería mañana, día 31 de octubre, día siguiente de su publicación en el boletín. Dejando esta minucia a un lado, me parece fuerte que la limitación al efectivo se haga constante el año de gracia 2012, ¿costaba mucho esperar a 1 de enero del año que viene? Habrá que ver cómo aplicamos esta restricción con tanta celeridad y en medio del proceso «indultante» que vivimos. Abrazo. Esaú

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  2. Antonio

    Hola, buenos días. La ley entra en vigor hoy, pero a efectos de la exclusión de módulos para el 2013 las magnitudes de facturación de 300.000 euros son los obtenidos en 2012 o serán los producidos en el 2013 con exclusión para el 2014?. Gracias de antemano.

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    1. alfredo marques

      Hola Antonio.- el artículo 3 de la Ley 7/2012 establece la reforma de la Ley de renta con efectos desde el 1 de enero de 2013. Además se publicó hace poco una reforma de los módulos en 2012 que ya preve la renuncia antes de fin de año.
      En cualquier caso, va a suponer un pequeño caos.
      ¡Suerte!

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      1. Antonio

        Exacto, con efectos del 2013, por eso entiendo que las magnitudes excluyentes han de pertenecer al 2012.

        » Uno. Con efectos desde 1 de enero de 2013, se modifica el apartado 1 del artículo 31, que queda redactado de la siguiente forma:
        b) Que el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior supere cualquiera de los siguientes importes:
        Para el conjunto de sus actividades económicas, 450.000 euros anuales.
        Para el conjunto de sus actividades agrícolas y ganaderas, 300.000 euros anuales.
        Para el conjunto de sus actividades clasificadas en la división 7 de la sección primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas a las que sea de aplicación lo dispuesto en la letra d) del apartado 5 del artículo 101 de esta Ley, 300.000 euros anuales.»

        No sé si estoy en lo cierto…Merci!

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  3. shulli

    Aún quedan muchas dudas… dato o conjunto de datos, fecha de devengo concreto o aplicación para todo el ejercicio de 2012, límites de declaración para bienes y derechos de menor relevancia económica, etc.

    Estaba previsto la publicación de un Real Decreto de desarrollo para cada impuesto.

    Los rumores dicen que incluso ya estuvo publicado en la pagina web de AEAT, pero posteriomente ha sido retirado.

    alguién sabe algo concreto?

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