«Si todo el mundo es ciudadano, nadie lo es». Carlos Martínez Gorriarán
En los mentideros más exclusivos, se dice, se rumorea, se comenta que hubo -una vez- un grupo de amigos que había desarrollado una peculiar regla: cuando salían de farra, la voz cantante -a qué garito se dirigían, qué consumían, quién se sumaba sobrevenidamente a la jarana, y demás decisiones relevantes en su deriva nocturna- la llevaban única y exclusivamente los que pagaban la “fiesta”. Y es que, con cierta frecuencia, ya metidos en faena, alguno de los miembros de la cuadrilla se quedaba sin parné, siendo así que éste, desde ese mismo momento, quedaba al albur de las decisiones que tomaran los que efectivamente sufragaban el cotarro.
Y también se dice, se rumorea, se comenta que, en un parque infantil, había un grupo de niños totalmente “abducidos” por un juego que les resultaba de lo más entretenido y absorbente, cuando, desde una ventana de una casa cercana, llegó un alarido de otro amigo conminándoles a que dejaran ese juego y empezaran otro que a él le resultaba más entretenido observar desde su privilegiada posición elevada. Dicen las crónicas que los niños del parque, ni siquiera escucharon aquella petición que les llegaba desde aquella ventana…
Hay quien jura haberle pedido a un conocido/allegado que, aprovechando su desplazamiento en coche, le hiciera el favor de llevarle; siendo así que el “polizón” no tuvo ni voz ni voto para determinar la hora de salida, la ruta a seguir hasta el destino, ni -tan siquiera- las paradas logísticas a realizar durante el trayecto. Es más: se ha llegado a dar el caso de algún amigo que, incluso sin llegarse a montar en el vehículo, intentó -sin éxito alguno- opinar sobre cómo organizar aquel viaje…
Llegan noticias de que hay algún club social (ya sea náutico, gastronómico, festivo o de petanca) que, en sus estatutos, tiene la peculiar regla que exige que, para acceder a la condición de miembro, se requiere que cause alta en la correspondiente federación y que, además, esté al corriente del pago de sus cuotas.
En algún medio de comunicación -doy por hecho que algo “friki”– se ha divulgado que, entre las más curiosas previsiones de la Ley de Propiedad Horizontal, se encuentran éstas dos:
.- “Los propietarios que en el momento de iniciarse la junta no se encontrasen al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad (…), podrán participar en sus deliberaciones si bien no tendrán derecho de voto” (15.2).; y
.- “La junta de propietarios podrá acordar medidas disuasorias frente a la morosidad por el tiempo en que se permanezca en dicha situación, tales como la privación temporal del uso de servicios o instalaciones (…)” (21.1).
Todos estos casos tienen varios elementos en común, pero, a los efectos que aquí y ahora interesan, destaco uno: al que no contribuye y/o al que no comparece, no se le priva -siempre y en cualquier caso- de la condición de miembro de esa colectividad. Puede que se le siga considerando “uno de los nuestros”, pero se le restringe la posibilidad de opinar, de intervenir, de decidir sobre el destino de sus congéneres…
No soy de VOX, no soy del PP, no soy del PSOE, no soy de SUMAR, no soy de PODEMOS. Me considero un mero ciudadano libre e igual. Una vez aclarado ese extremo, sigo con las precisiones: no estoy cuestionando la pulcra ortodoxia del sistema electoral, me da igual a quien -ya sea real, ya potencialmente- beneficie y/o perjudique la inclusión en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (C.E.R.A.) de españoles (que no digo que no lo sean, ni que no lo deban seguir siendo) que ni viven aquí ni, tampoco, contribuyen en nuestro país. No entro a valorar si esto entronca con algún aspecto constitucional, si está contemplado en una Ley y que, por tanto, cuenta con el beneplácito del Parlamento o si, en su caso, emana de la interpretación administrativa plasmada en una ínfima Instrucción de una Dirección General del Ministerio de Justicia. Me da igual, me da lo mismo.
Pero lo que no me es indiferente es que este debate -que creo necesario, sano y transparente- se hurte a la ciudadanía que tiene todo el derecho (creo, todavía) a decidir quiénes pueden -con su voto- marcar el destino común de la sociedad a la que da forma.
Creo que debemos partir de los principios más básicos y, entre ellos, entiendo que está que el derecho a decidir sobre el destino colectivo de un país -sea el que sea- habrá de vincularse de algún modo a que sea ahí donde el cuerpo electoral desarrolle la vida y/o (importante, desde mi perspectiva el “o”) contribuya económicamente de un modo efectivo al mantenimiento de esa nación. Y es que «el demos es la comunidad política o personas reconocidas como ciudadanos de pleno derecho, sea por nacimiento, o por pacto de unión entre ellas. Una vez establecida la regla de membresía, y la de cómo se entra al demos o comunidad (por nacimiento, por concesión expresa, por conquista o revolución), la consecuencia es doble: solo quienes pertenecen al demos, o ciudadanos, tienen derecho a proponer leyes, votarlas y aplicarlas, o sea, de gobernarse a sí mismos; y nadie ajeno al demos tiene ese derecho. No por egoísmo excluyente, sino por sentido común y para que el sistema funcione» (Carlos Martínez Gorriarán; «La ley de nietos, contra la democracia», Voz Pópuli 3/7/2026).
A mí -como a todos Ustedes, entiendo- vivir aquí me cuesta X€ al día, Y€ al mes, Z€ al año; sea mucho, sea poco, lo pago, lo asumo. Y no hablo necesaria y exclusivamente en términos del IRPF, también están en la coctelera los impuestos al consumo (nada menos que el IVA o los IIEE, que pagamos casi hasta por respirar), o a la propiedad (IBI, o IVTM; por ejemplo). Todos los que aquí vivimos contribuimos, de un modo u otro, más o menos, al mantenimiento del país. Y eso -desde el máximo respeto- creo que también es un elemento a valorar a la hora de opinar, decidir, votar. No descartemos que, en el fondo, todo gire en torno al polisémico verbo «sufragar»: costear y, también, votar.
No soy experto -ni tampoco quiero serlo- en materia de nacionalidad y/o extranjería. No me meto en berenjenales del “ius solis” o del “ius sanguinis”; soy consciente de que nuestro país ha sido tierra de emigración y hoy lo es de inmigración, estoy convencido de que todo esto es complicado; pero siendo así, no lo es menos que habrá -al menos- que darle una vuelta para reflexionar sobre la lógica de ciertas decisiones que pueden condicionar nuestro futuro a medio/largo plazo; y al grado de razonabilidad de que éstas -más allá de legítimos ingredientes sentimentales y/o románticos- puedan tomarse por gente cuya vida (e intereses) son ajenos a lo que aquí sucede y, sobre todo, a lo que sucederá. Como bien apuntaba recientemente Jesús Fernández Villaverde en una red social, «es una cuestión de legitimidad. Una y otra vez, en España, tomamos decisiones sin hacer números, movidos por el “buenismo” de quedar bien en el telediario de las nueve. Y no, no son los políticos. (…) No nos tomamos nada en serio y somos frívolos».
Termino con una cuestión meramente terminológica pero -creo- clarificadora. El meollo de lo aquí suscitado se condensa en quienes integran el conocido como C.E.R.A.: Censo Electoral de Residentes Ausentes. Esa mixtura de “residencia/ausencia” creo que encierra en sí misma el agujero negro de esta cuestión y es que si soy residente quiérese decir que “estoy establecido” (DRAE) aquí, lo que conlleva que, a su vez, mi condición de ausente (“estar separado del lugar en el que resido”) sea -tenga que ser- ya per se meramente “provisional”, “transitoria”, “coyuntural”, o “esporádica” (si se quiere usar el vidrioso concepto que incide en la residencia fiscal, tal y como ha puesto de manifiesto la reciente SAN atinente a Shakira).
Así las cosas, ya por propia terminología, no parece coherente que el tal C.E.R.A. se nutra de personas que no residen aquí y que, por tanto, al no ser (ni, en algunos casos, haber sido) residentes, malamente podrá considerárseles ausentes. Es decir, que paradójicamente ese censo extraterritorial estaría constituido -al menos, en parte- por votantes que ni son residentes ni, tampoco, en buena lógica ausentes (al no ser lo primero, tampoco pueden ser lo segundo). No es poco dislate el oxímoron de dos palabras sobre un acrónimo conformado por cuatro…
A ver si al final va a resultar que no era tan cierto aquello de que “son españoles quienes no pueden ser otra cosa” (Cánovas dixit).
En fin, disculpen mi desparrame, pero necesitaba desahogarme.
#ciudadaNOsúbdito


Javier, suscribo totalmente tu opinión punto por punto. Sólo hay que recordar el lema político «No taxation without representation» que se originó en la Revolución Americana y que expresaba una de las principales quejas de los colonos estadounidenses contra Gran Bretaña. Nuestros políticos –me da igual la ideología-, han llegado al paroxismo y han invertido la consigna haciendo que se pueda tener representación sin pagar impuestos. Muchos dicen que el voto C.E.R.A. no modifica los resultados electorales; sin embargo, vamos a plantear una hipótesis, si éstos se uniesen en una candidatura, cuántos escaños obtendrían. Finalmente, sólo me queda manifestar que por mi apellido tengo ascendencia francesa y en ningún caso se me pasaría por la cabeza que me permitieran votar en Francia. Un abrazo en este tórrido verano.
Muchas gracias, como siempre, Ricardo, por tus interesantes apreciaciones; especialmente la vinculación al «no taxation without representation». Un abrazo cálido, que no caluroso (ni calenturiento).
Planteamiento interesante, pero creo que el criterio se aplica en una sola dirección. Si el derecho a decidir el destino del país se vincula a residir aquí y/o contribuir económicamente a su sostenimiento, ese mismo criterio debería llevar a defender el voto de los extranjeros que residen en España desde hace años y tributan aquí: cumplen ambas condiciones, más que muchos censados en el CERA. Se cuestiona restringir el derecho a quien no cumple ninguna de las dos, pero no plantea ampliarlo a quien sí las cumple sin ser nacional. Esa asimetría merece, al menos, la misma reflexión.
Y ya puestos a tirar del hilo: si la contribución pesa tanto, ¿por qué el criterio es residir «o» contribuir, y no «y»? Con un «y» estricto habría que mirar también al nacional residente que no paga: ¿es lo mismo no contribuir porque no se puede (paro, precariedad) que no contribuir pudiendo (fraude)?
Si el argumento se toma en serio como principio de legitimidad democrática, esa distinción no es un matiz menor.
Muchas gracias, Weber, por sus interesantes aportaciones. Efectivamente, como bien dice, el tema incorpora muchos matices y/o «flecos» no menores que, sin duda, habrían de ser debatidos y considerados. En cualquier caso, me congratula que mi humilde aportación (a modo de mero desahogo) sirva siquiera de acicate para la reflexión…