Hace apenas unos días (aunque hoy me parezca que les hablo de otra era geológica) tenía pensado que este post versara sobre un episodio relativo a unas medidas cautelares, la legítima defensa del contribuyente agraviado, el inicial silencio de la AEAT y su reacción ulterior, tan extemporánea como fuera de tono y de lugar. En el fondo, todos sabemos que esos episodios no le pasan a nadie, que somos unos quejicas y que siempre estamos hablando de “patologías”…, pues la realidad es que el universo tributario funciona como un reloj suizo.
Pero, como les digo, eso fue hasta hace sólo unos días. Unos días… que ya huelen a eternidad. Desde entonces, han sido varios, y todos ellos brillantes (as usual), los “posts” con los que mis compañeros -y, sin embargo, amigos- de bitácora nos han agasajado en estas fechas. No abundaré pues, o al menos lo intentaré, en lo ya magistralmente dicho por todos ellos. Mis reflexiones pretenden ser más mundanas, más de andar por casa…
La vertiente tributaria de esta pesadilla colectiva empezó -como es bien sabido- en la rueda de prensa del Consejo de Ministros del jueves 12/3, cuando el Presidente del Gobierno anunció a bombo y platillo que “vamos a otorgar a las PYMEs afectadas aplazamientos y fraccionamientos de sus deudas tributarias con la Administración por un plazo de 6 meses, sin intereses”. Como ya nos conocemos de hace tiempo, pronto surgieron las preguntas: ¿qué son PYMEs? ¿qué son “afectadas”?…
Apenas unos minutos después se comprobó que aquello era sólo el preludio del aperitivo de los entremeses que vendrían en los días siguientes: el resumen oficial emitido por la mismísima Moncloa sobre los acuerdos adoptados en ese mismo Consejo de Ministros hablaba de “bonificación en los tipos de interés”. Ergo, ya en nuestra vida prealarma, el Gobierno hacía gala de juegos malabares: ¿sin interés o con interés bonificado? El caos ya era tal que algún bienpensante (la bonhomía humana no tiene límites, ¿verdad Quique?) intentó tranquilizar a propios y extraños apostando a que una bonificación del 100% equivale a la inexistencia de interés.
Y así fue cómo llegamos al BOE del viernes 13/3 (el último día de nuestra vida anterior), que vino a ser el parto de los montes, es decir: un ratón. La medida, al ceñirse a las PYMEs, de facto suponía que:
.- venía a circunscribirse al 1T,
.- por importes que no excedieran de 30.000€ (ya se sabe que, en el imaginario popular, los empresarios y profesionales somos ricos ya de cuna, y debemos penar por ello durante toda nuestra vida),
.- abarca retenciones, pago a cuenta del IS e IVA (lo que, tal y como rápidamente se percibió, venía por este exótico vericueto de la historia a dar rango legal a la ilegal Instrucción 1/17 de la AEAT de 18/1, merecedora en sede parlamentaria de aquel célebre “no entremos en debates que no le interesan a nadie, vayamos a lo práctico” del simpar Montoro),
.- el plazo será de seis meses (las ulteriores Instrucciones “provisionales” -¿cuándo devendrán en definitivas? Nobody knows– vinieron a indicar que el número de plazos era, sí o sí, “Uno”; ergo lo mediáticamente anunciado como aplazamiento y fraccionamiento se convirtió vía Instrucción -¡Romanones!- en sólo “aplazamiento” y no en “fraccionamiento”), y
.- en cuanto al célebre tema de los intereses, resultaba que éstos “no se devengarán durante los primeros tres meses del aplazamiento”. Ergo, en términos prácticos, supone que sí que hay intereses, pero con una bonificación del 50%.
¿Saben qué les digo? ¡Too much!
Pero lo cierto es que éste del todo celtibérico show no había hecho más que empezar (aunque nosotros, claro, aún no lo supiéramos).
Ese mismo viernes 13 (ahora que lo pienso, esa fecha no podía augurar nada bueno), la página web de la AEAT empezó a tener una nueva función social pues, a modo de chistera de prestidigitador, comenzó, compulsivamente, a vomitar anuncios pretendidamente tranquilizadores… Así, el primero de ellos -ya ese fatídico 13/3- apuntó con cierto punto de misterio que “los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente. No se preocupe si tiene un trámite pendiente”.
Ese día ya es sabido que fue el del anuncio de la futurible declaración del estado de alarma (habrá que buscar en los anales si en algún país tal decisión se anuncia en vez de decretarse), siendo así que aquel augurio volcado en la web de la AEAT adquiría tintes pseudofantasmagóricos… ¿Un cambio normativo inminente? ¿Cuál? ¿La declaración de la república? ¿La anexión de Andorra? ¡Por favor!
A partir de ahí, los masocas (o sea, todos) empezamos a cuestionarnos a qué plazos haría referencia esa “graciosa” (por lo generoso, digo) advertencia de la AEAT que, dicho sea de paso, en estos días vino a hacer gala de un tono un tanto paternalista (ese “no se preocupe”, rápidamente detectado por Esaú) que, además de sobrar, casi inquietaba más: cuando alguien me dice que no me preocupe es, precisamente, cuando suelo empezar a hacerlo y ésta no iba a ser la excepción.
Entretanto, Álava y Guipúzcoa (ambos, es bien sabido, territorios tributariamente irredentos) iban anunciando sus particulares prórrogas a plazos de presentación de declaraciones… Madrid (que ya se parece a la cantonal Cartagena), por su parte, se desmarcaba señalando inhábiles 14 días de la segunda quincena de marzo. A su vez, el CGPJ también anunciaba un paréntesis en el cómputo de plazos procesales (contencioso-administrativos inclusive).
El ya de por sí “alarmado” sábado 14/3, en el BOE publicado al filo de la medianoche, se publicó el RD que -¡por fin!- declaraba el estado de alarma; incluyendo una D.A. 3ª que, en esencia, venía a suspender términos e interrumpir plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. Ahí ya fue el rechinar de dientes y las dudas metódicas que tan bien han abordado en sus respectivos “posts” mis meus Alarcón y Gandarias (tanto monta, monta tanto); ambos aderezados con el insuperable diario de confinamiento del inefable Emilio Pérez Pombo.
El domingo 15/3, la web de la AEAT nos sorprendió de nuevo con un anuncio relativo al “cierre de Oficinas para atención presencial”, insistiendo en el “no se preocupe” (con el consiguiente aumento de la preocupación) y con una nueva variable respecto al ya anunciado “cambio normativo inminente” que ahora se convierte en que “se está tramitando una norma legal (¿se imaginan si nos advirtieran de una norma «ilegal»?) tributaria con ampliación de los plazos para realizar trámites”. Es decir, que ya teníamos una nueva pista: ese cambio normativo parecía venir con rango de Ley y, además, no parece que se refiriera a la críptica D.A. 3ª del alarmado RD. Hum…
Y así llegamos al martes 17/3 y su Consejo de Ministros donde se dilucidaba el paquete de medidas económicas tendentes a paliar el tsunami (¿alguien dijo ola?) que se nos viene encima… Los nervios empezaron cuando la referencia de su contenido divulgado en la web de La Moncloa no incorporaba palabra alguna sobre el ámbito tributario… ¿A ver si va a resultar que lo impositivo no es el ombligo del mundo, en contra de lo que los tributaristas nos creemos?
La emoción e intriga se mantuvo hasta las 7:30 del miércoles 18/3 cuando, con un retraso superior a 30´ sobre su hora habitual, se “colgó” en la web del BOE el diario correspondiente a ese día. Muchas cosas dice ese BOE (magistral el trabajo, por cierto, desarrollado por el personal del Gabinete de Estudios de la AEDAF durante la vorágine de estos días, siendo así que me remito a sus consideraciones al respecto, con el impagable apoyo del Grupo de Expertos en Derechos y Garantías encabezado por el crispador –y, probablemente, fascista; ya saben que lo uno lleva a lo otro- Alejandro Miguélez), pero ahora me quedaré sólo con una: el apartado 6 que se añade a la ya célebre D.A. 3ª del alarmado RD, apartado que silencia todas las esperanzas de esos días pues declara que la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos “no afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias”. Todo ello sea dicho no sin dejar constancia de una perla “in peius” (a condiciones más complejas, más prerrogativas para la Administración y menos para el súbdito; total, ya de perdidos al río): “a los solos efectos del cómputo de los plazos previstos en el artículo 66 LGT, en el recurso de reposición y en los procedimientos económico-administrativos, se entenderán notificadas las resoluciones que les pongan fin cuando se acredite un intento de notificación de la resolución entre la entrada en vigor del presente real decreto-ley y el 30 de abril de 2020” (ole, ole y ole; ahí queda eso).
Entretanto, Andalucía y Castilla-León iban sumándose al grupeto de CCAA que difieren los plazos de sus impuestos (éstas, al ser de régimen general, los del ISD e ITPAJD; menos da una piedra).
Y en esas estábamos, cuando el Leviatán (sorry, la AEAT) volvió a tirar de web para ejercer de pregonero: “no se interrumpen los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias”. Ni rastro ya, pues, de aquel paternalista “no se preocupe” que, si algo provocaba, era precisamente inquietud (¡mucha!); ahora ya del todo confirmada por la fuerza de los hechos. Es decir, que salvo para el chocolate del loro (pequeños maquillajes procedimentales para calmar las malas conciencias y los fríos sudores nocturnos), toda nuestra existencia vital se ve alterada por el estado de alarma, ¡excepto!, ¡excepto!, nuestra condición de “pagafantas”. ¡Sujétame el cubata que…!
La situación ya era tan clamorosa que la mayoría de miembros del Foro de Asociaciones y Colegios Profesionales de la AEAT suscribieron un comunicado conjunto mediante el que le trasladan al Ministerio de Hacienda y a la propia AEAT su estupefacción por la situación.
¿Reacción oficial? El BOE del jueves 19/3 da cuenta de que, con puntualidad británica, el ya inminente 1/4 comenzará la campaña de Renta/2019. Permítanme que aquí haga un inciso: la versión oficial -siempre tan orwelliana ella- se apresura a aclarar (¿es que alguien tenía alguna duda?) que el plazo no se demora por el propio bien del 70% de los contribuyentes cuya declaración de IRPF le sale a devolver…, que a los que les sale a pagar, esta decisión no les perjudica pues aún tienen de plazo para hacerlo hasta el 30/6. ¡Gracias, papá Estado! ¡Gracias! En tu inmensa, en tu infinita magnanimidad, has tenido un minuto para pensar en tus del todo desvalidos súbditos y, por una vez, tu proceder tiene como única guía, como único fin, nuestro bienestar. Pero vamos a ver…, ¿a nadie se le ocurre que ya sea hora de preguntarse cómo es posible que haya un impuesto -del todo troncal de nuestro “sistema”- que avale que los ciudadanos le hagamos un préstamo gratuito al Estado por un período que oscila entre los 4 y los 23 meses? No; lo que ahora toca es agradecer al Estado su gran generosidad para con sus sufragadores.
¡Cuán lejanos quedan hoy aquellos días (temporalmente, sin embargo, aún tan próximos) en los que se señalaba a la AEDAF como insolidaria por negarse a suscribir el malhadado Código de Buenas Prácticas! ¡Ay!
Todo ello, por cierto, sin que tenga constancia (sorry desde ya si estoy errado) de una sola voz crítica con esa falta de empatía oficial desde instancias pseudosindicales –en otras ocasiones tan activas– como IHE o GESTHA. Son días difíciles, muy difíciles, en los que el tren sólo pasa una vez: o uno se sube, o se queda en el andén… El que se quede en el andén lo ha de hacer a sabiendas de que esa decisión le perseguirá siempre; no habrá una segunda oportunidad. Así están las cosas a la hora de redactar este «post» (la media tarde del lunes 23/3): cada palo, que aguante su vela.
Confiemos, pues, en que el cólera (masculino; descriptivo de esa enfermedad infecciosa y epidémica; DRAE dixit) no mute en la cólera (femenino; ira, enojo, enfado; DRAE too). Pues eso.
***
Voy terminando.
Soy de la generación del baby boom, ergo pertenezco a ese millonario grupo de españoles que ha tenido el inmenso privilegio (probablemente, el primero de nuestra atribulada historia) de no haber experimentado en carne propia una situación colectiva límite. Se me ocurre pensar, pues, que nuestros tatarabuelos sufrieron las penalidades del “desastre del 98”, quizá hasta empuñando algún arma, ya fuera en Cuba o en Filipinas. A los bisabuelos (si no a todos, sí a muchos) les “tocó en suerte” la guerra de Marruecos (por favor, no dejen de leer a Lorenzo Silva en “El nombre de los nuestros”, donde nos acerca, del único modo posible -crudo-, a lo que aquello fue), y a los abuelos, la fratricida Guerra Civil. Nuestros padres, por su parte, tras pasar muchos su infancia en la propia Guerra, todos crecieron en la durísima posguerra (creo que hoy no podemos llegar a atisbar las penurias de aquella época) y arrimaron el hombro trabajando mucho para levantar el país…
Ésta es, pues, nuestra guerra (Guerra, mejor con mayúsculas). Éramos -como bien decía el inmenso Iñigo Domínguez hace apenas unos días en “El (lo) País”– felices y no lo sabíamos; privilegio que la vida sólo nos concede une vez: la próxima, será del todo imperdonable no disfrutarla, a borbotones.
Saldremos, con duras pérdidas, pero, seguro, también con algo bueno…, como dice el refranero “no hay mal que por bien no venga”. Así, por ejemplo, comulgo al 100% con la acertada advertencia que trasladaba mi meu Pérez Pombo en el diario del relato de su personal confinamiento: “Estos días, más que nunca, son una oportunidad histórica para descubrir y tomar nota de todos los estúpidos que nos rodean”. Permanezcan, pues, atentos a su entorno: ahí están, agazapados, esperando el momento idóneo para salir de sus madrigueras.
Cuídense mucho, todos. Hasta pronto.
#ciudadaNOsúbdito #QuédateEnCasa