El 8 de septiembre de 2016 se publicaron oficialmente una serie de leyes catalanas de ruptura -desconexión, en lenguaje políticamente correcto- que, inmediatamente, fueron recurridas al Tribunal Constitucional por el Gobierno de la Nación y su aplicación fue suspendida por aquel organismo.
Una de ellas era la relativa al código tributario de Cataluña, esto es, una LGT a la catalana que venía a desarrollar las cuestiones que se habían planteado en uno de los informes de transición nacional redactado por el bueno de Joan Iglesias, ex director del proyecto, con la colaboración de varias entidades catalanas, incluyendo paradójicamente tanto colaboración técnica de universidades como la UB o la UPF como de otros entes políticos como la Asamblea Nacional de Cataluña, organismo este cuyo único objetivo es lograr la independencia.
En dicha norma se incluía la creación de un organismo, denominado “Consell Fiscal de Catalunya” cuyo objetivo es la interlocución permanente entre los organismos del sector público y los colectivos profesionales que puedan representar los intereses de los contribuyentes.
El invento no es tal, sino una construcción muy bien planteada que tiene su origen en unos trabajos técnicos llevados a cabo por el departamento de Derecho Financiero de la UB, que había elaborado un estudio sobre organismos de “compliance” fiscal -cumplimiento voluntario- en diversos ordenamientos tributarios del mundo siendo, en este punto, fundamental la aportación de mi maestro, José Andrés Rozas.
A pesar de la flagrante ruptura del ordenamiento constitucional que suponen esta LGT y sus organismos de desarrollo, la Generalidad ha puesto desde hace mucho tiempo sus esfuerzos en darle forma al “Consell fiscal”, pidiendo la colaboración de asociaciones y colegios profesionales que se han visto, pues, ante la tesitura de implicarse en un proyecto marcadamente político y contrario a la Constitución o quedarse fuera de la élite profesional en ese a día de hoy quimérico estado propio.
¿Cómo puede insistirse en una normativa cuya aplicación ha quedado tocada por el TC? Pues muy sencillo: en Cataluña, las autoridades públicas son las primeras en incumplir las leyes y a pesar de lo decidido por el TC, van a seguir con su proyecto y volverán a aprobar en breve nuevas normas igualmente inconstitucionales que continuarán incluyendo una LGT propia y al citado “Consell fiscal”. Hasta el infinito y más allá, parafraseando a Toy Story, continuarán con la matraca.
En el fondo, lo que la Generalidad busca es sumar apoyos institucionales al proyecto secesionista, para poner más difícil al Gobierno de la Nación su negativa ante la actual partida de póker que parecen estar jugando con recursos presupuestarios que pagamos todos los ciudadanos.
A esa presión institucional, claro está, hay que añadir los ingredientes de profesionales que creen en ese camino hacia Ítaca en el que según su propia propaganda se comerá helado cada día y de aquellos otros, mediocres, que ven en esta plataforma la única manera de medrar y de formar parte del “establishment” de ese futurible estado. Los que nos posicionamos en contra, pocos, porque actualmente en Cataluña rige la espiral del silencio de la que habla Hannah Arendt a cuento de los años previos al Holocausto, nos vemos sometidos a un clamoroso y desagradable ninguneo.
Es comprensible que profesores de universidades públicas hayan colaborado, obligados o no, en la confección de estas leyes marcadamente inconstitucionales. Esta circunstancia es extensible a aquellos colegios profesionales con sede social en el territorio de Cataluña, que sufren la amenaza -o viven la esperanza- de la nueva era jurídica en la región.
Menos entendible es que tengan interés en esta normativa y en los organismos de un estado paralelo aquellas entidades que, de alguna manera, deberían actuar en defensa de los valores y los derechos que emanan de la Carta Magna. Con ello me estoy refiriendo al patético papel del Colegio de Abogados de Barcelona, uno de los organismos integrantes del “consell fiscal” in pectore, que ya fue expulsado del pacto por el derecho a decidir mediante sentencia del TSJ de Cataluña, que condenó a la entidad colegial pues su rúbrica suponía una vulneración de la libertad ideológica, de expresión y de asociación de sus miembros, que -para más inri y hasta que actúe algún día el Tribunal de Luxemburgo- están obligados a darse de alta en el mismo para ejercer su profesión.
Lo que no sería de recibo, bajo ningún concepto, es que se muestren interesados en ese proyecto asociaciones profesionales de ámbito territorial nacional, coadyuvados por la presión que puedan efectuar los representantes de sus delegaciones regionales. Colaborar, aunque sea bajo un manto supuestamente técnico, en la creación de normativa contraria al ordenamiento español sería de una mezquindad inadmisible, además de resultar una politización absurda y contraria a los intereses de los asociados del resto de España y de muchos de los asociados catalanes que, aunque silenciosos muchos, estamos en contra del proyecto rupturista en Cataluña.
Del mismo modo que “consell fiscal” rima con inconstitucional, colaboración lo hace con secesión y errar con politizar.
Publicado hoy, día 12 de mayo de 2017, en elEconomista.