Once horas y un minuto AM de un miércoles, 5 de octubre de dos mil once en la puerta de la plaza del Doctor Letamendi de Barcelona.
Un contribuyente, representante legal de tres empresas de cierto volumen, ha tenido que dejar su atareado quehacer diario para acompañar a su asesor fiscal a Hacienda, para no sé qué notificaciones electrónicas de Hacienda.
El asunto, como podrán intuir, parte de la recepción por parte de una de esas compañías de una comunicación de Hacienda por la cual desde ese momento formaba parte de la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) y, por ende, en lo sucesivo recibiría las comunicaciones por vía electrónica en un buzón de correo determinado.
El asesor en cuestión, con espolones en el “barro” del día a día tributario, se pasó previamente por las oficinas de la Agencia Tributaria competente e hizo multitud de preguntas a los jefes de Sección –de la oficina provincial y de la regional, respectivamente- sobre cómo se llevaban a cabo en la praxis los apoderamientos a terceros para la recepción de comunicaciones electrónicas, pues había recibido el encargo –el “marrón”, entre nosotros- de uno de sus más importantes clientes de verificar el buzón electrónico de sus compañías para comprobar si habían recibido notificaciones de Hacienda.
Después de traspasar el arco de seguridad sin mayor percance –y es que hay que
reconocer que los guardias civiles de Letamendi son tan ufanos como apáticos- llegamos a la sección de Grandes Empresas, donde les recibe uno de los jefes de Sección con el que había comentado el asunto la semana anterior, al que llamaremos JO.
Se da inicio a la conversación de este modo:
JO: No, pero si esto se presenta por registro, no sé porqué le has hecho venir (al
cliente, se entiende). !Viva la diplomacia!
El asesor fiscal (AF, en adelante), no enrojece aún su cara y replica: Ya, pero hemos querido hacer las cosas bien y formalizarlo ante funcionario competente, como me dijiste…
JO: Bueno, pero solo te puedo coger una, en las otras dos la competente es la Provincial y tendrás que presentarlo abajo o por registro.
AF no quiere contraatacar recordándole que la semana anterior le dijo lo contrario, que podía hacerlo donde le placiera, así que aguarda callado sin enseñar esa carta.
JO sigue su retahíla, irónico: bueno, y ¿dónde está el apoderado? ¿me tengo que creer esta firma del representante de tu despacho?
AF: A ver, te he traído sus poderes, y su DNI, como me pediste…
JO: bueno, pero esto no es hacer las cosas bien, porque yo no puedo acreditar nada, yo no soy notario, bla bla bla…
El cliente, desconcertado, pregunta con sorna a su asesor si estamos en Barcelona y en el siglo XXI y a qué viene todo aquello de hacerle ir allí para tantas tonterías. El asesor se sonroja, por primera vez.
«Pues mire, la Administración tributaria ha utilizado un derecho del ciudadano previsto en una ley de acceso a nuevas tecnologías reciente, en una obligación para las empresas de utilizar dichas tecnologías; una vuelta de tuerca más en el yugo de obligaciones al que la Agencia Tributaria somete a los administrados; algo surrealista, esperpéntico, y tal».
En fin, después de muchos dimes y diretes, el cliente firma los apoderamientos de las tres empresas en cuestión delante del funcionario, que solo admite dar de alta uno de ellos y vuelve a remitir a AF al registro, a donde se dirige seguidamente después de despedirse del cliente, que ya ha tenido una demostración palpable del buen humor de ese empleado con puesto asegurado de por vida. Son las 11.35 minutos de la mañana.
Hete aquí que la funcionaria de registro le dice a AF que “eso no se presenta por registro”. Explicaciones. Otra funcionaria lo corrobora. Más explicaciones. La segunda funcionaria remite a AF a la sección provincial de Certificados a solucionarlo, un mostrador más a la izquierda. Son las 11.57´.
Bien, llegados a este punto, AF vuelve a encontrarse con la segunda persona que, una semana atrás, le solventó alguna duda práctica en la materia. A priori, la funcionaria se declara competente (¡un gran paso¡) y se decide a tramitarlo hasta que advierte que no está el administrador de las dos compañías.
AF: Verá Usted, es que el caballero se ha ido. Llevábamos más de media hora en la Regional y tras firmar los documentos delante del jefe de Sección, señor JO, se ha ido porque:
a) Este le dijo que lo presentáramos por registro
b) Es un señor muy ocupado, ¿sabe?
Funcionaria: Claro, pero es que yo sin comprobar quién firma el documento, no puedo tramitarlo, tendrás que volver otro día…
AF: A ver, me están poniendo en una situación draconiana, en un callejón sin salida. Entienda Usted la situación: el señor ha firmado el documento delante de su compañero JO, ¿no podría Usted llamarlo y comprobarlo?
F: Uy, no, imposible. Eso lo tendría que hacer mi jefe, que vendrá en cinco minutos (siempre son 5 minutos, que se alargan a 50)…Lo único, si me traes un papel firmado por él diciendo esto, yo te lo tramito…
Relájate AF. Bueno, pues nada, a volver a la Regional a decirle a JO que llame por teléfono interno a su compañera para acabar con esta angustia. Algo aparentemente sencillo, aunque la intuición y experiencia hacían que las piernas de AF empezaran a flaquear y que su sistema nervioso empezara a funcionar aceleradamente. Eran las 12.09 horas.
JO no está. Tampoco la funcionaria que le ayuda, de la que comenta una compañera que
está en recuperación ¿en horario laboral? Volverán en 5 minutos. Ja.
Son las 12.35 minutos de la mañana y aparecen, curiosamente juntos, JO y su ayudante.
JO toma la palabra: ¿vienes por mí otra vez? (parece que la presencia de AF molesta).
AF ya no está para mandangas: hombre, pues sí, llevo más de media hora esperándote, pero no pasa nada, no sabía que la pausa por bocadillo durara tanto en la Administración pública. El caso es que la chica de registro me ha dado la negativa y me han remitido a la provincial, pero claro, me piden que justifique la firma del administrador y, claro, el hombre se había ido ya, puesto que me habías asegurado que el tema se solventaba por registro…!no voy a hacerle venir otra vez por esta tontería otra vez, eh! jejeje (la fina ironía se ha ido convirtiendo en sal gruesa).
Inesperadamente (o no tanto), el funcionario en cuestión eleva su eunuco tono de voz y, con el sarcasmo propio del que tiene la sartén por el mango, expone que él no tiene porqué hacer eso, que no es su competencia y que él “solo tiene que dar explicaciones a su jefe, que es el Administrador de la Delegación Regional de Cataluña”.
Después de la reprimenda, el funcionario firma el documento en cuestión, momento en que AF se le lanza a la yugular: Mire Usted, perdone que le diga una cosa pero Usted, como funcionario, se debe a todos los ciudadanos y se encuentra obligado a darles a todos ellos cuantas explicaciones le pidan.
Cabeza bien alta. Son las 12.41 horas y AF ha ganado una batalla, a fuerza de perder un aliado futuro pero, con amigos así, ¿quién quiere enemigos?
Ahora son las 12.14 de la noche. JO debe estar descansando tras su dura jornada laboral y el estrés que le ha causado un maleducado contribuyente que se creía tener derecho a hacer lo que le viniera en gana, sin darse cuenta de la suerte que tiene por haber aprobado unas nada fáciles oposiciones que le conceden el privilegio de mirar al ciudadano desde una atalaya remunerada sin el miedo al despido.
Mientras, AF no olvida el molino de viento que ha encontrado hoy y, para que no se le olvide la anécdota, o por divertir a sus amigos, o por compartir con sus colegas de profesión experiencias o por simple purito personal !o un poco de todo! publica este escrito, esperando que sea el último relacionado con la mala praxis funcionarial.
Pues vaya tela, a veces pienso que los funcionarios deberian de reciclarse.
Demasiada paciencia tuvo AF…
Mi querido AF:
Comprendo tu situación a la perfección. Yo una vez tuve que soportar como una funcionaria (una auxiliar, con todos los respetos) le decía a un cliente mio al presentar una declaración de la renta que yo le había hecho, la siguiente expresión: ¡Que desastre!
Ni que decir tengo que la renta estaba bien hecha. Para eso me tomé mi tiempo en estudiar el caso.
Más tarde se dio cuenta (se lo hizo ver su jefe) de lo precipitado de su comentario.
¿Disculpas? Ja, ja… Sellaba los documentos, sin abandonar una actitud hostil, lamentándose de lo cruel que era la vida con ella.
Un fuerte abrazo.
Otra anécdota:
En cierta ocasión fue a la Administración autonómica a liquidar una herencia. La cosa se demoró y fui el último día del periodo voluntario con los impresos oficiales (modelo 600) y una relación de bienes escrita en un folio por duplicado. La operativa que tenían allí establecida era pagar primero en una ventanilla (haciendo cola) y presentar luego los documentos en otra (haciendo cola también).
Después de pagar me presento en la otra ventanilla para su sellado. La casualidad quiso que allí me encontrara con un viejo amigo con el que intercambié unas palabras mientras la funcionaria examinaba la documentación que llevaba.
Pero repentinamente nuestra conversación fue interrumpida por algo que yo definiría como muy cercano a un grito:
¡QUE DESASTRE!
Tengo que reconocer que el hecho de estar junto a un amigo me envalentonó mucho. No podía permitir que se me humillara delante de él.
– No trae usted ninguna de la documentación necesaria, -me dijo-.
– ¿A qué se refiere? -le pregunté.
– Certificado de defunción, ultimas voluntades, escrituras de propiedad…
– Si no la he traido, es porque no la tengo. Hoy es el último día y no me ha quedado más remedio que traerlo así.
– Si no me trae usted esa documentación NO se lo puedo señar.
– Miré usted, la legislación vigente no dice nada sobre la obligación de presentar tal documetación.
– Pero nosotros lo exigimos así.
– Si ustedes los exigen así, me lo tendrá que comunicar por escrito. El impuesto está pagado y no tengo inconveniente en presentar esos documentos por el registro de entrada.
Entonces otra persona de dentro (supongo que su superior) se acercó a la funcionaria y le dijo algo al oido. Ella cogió el sello y dio un golpe sobre los documentos como si estuviera clavándome un cuchillo.
Pero no se quedó contenta:
– Espere, que como presentador le le voy a hacer un requerimiento ahora mismo.
– Como guste -le contesté.
A medida que redactaba el documento me gritaba lo que se me exigían.
– ¡Tiene usted que traerme el carnet de identidad del difunto!
Mi amigo seguía delante atónito. Yo en ningún momento me dejé humillar.
– Póngamelo por escrito.
– Lo traeré si no está en el ataud – le dije a mi amigo riéndome.
– ¡Tiene usted que traerme la escritura de aceptación de la herencia!
– Usted no puede obligarme a aceptar la herencia ante notario.
– Sí podemos.
– Bueno, si usted lo cree así, póngalo que yo ya le contestaré como estime conveniente.
Después de alguna amenaza más y de las consiguientes respuestas «chulescas» por mi parte (sin perder la corrección) me fuí con los documentos sellados y un requerimiento que contesté como me pareció conveniente. Por supuesto, no aporté la escritura de aceptación de herencia. Me limité a decir en un escrito que no disponíamos de tal documento.
Han pasado los años. El impuesto ya ha prescrito y, por supuesto, no me dió ningún problema adicional.
Ni siquiera se abrió expediente de comprobación de valores.
Un cordial saludo.