Aviso a navegantes. Estas líneas se escribieron en un momento en que su autora, que se sentía traviesa, quiso inventarse una batallita jurídica, aunque solo fuera para ejercitarse. No se lean si se busca en ellas información que sirva para algo. Les hará sentir que han perdido el tiempo y eso es algo irremediable. Advertidos quedan.
Llevaba un tiempo sin encontrar motivo de inspiración para esos cuentos tributarios del pasado condenados a la clandestinidad de mis futuras batallitas de abuela; sin encontrar una historia que a mi futuro nietecillo el melancólico mueva a risa, acreciente la de mi nietecillo el risueño, no enfade al simple, admire por su invención al discreto y no sea despreciada por el más grave ni dejada de alabar por el más prudente de entre todos mis pequeñuelos.
Gracias a mi amiga Carmen, que me descubrió lo que había escrito su amigo Miguel, la he encontrado por fin. La inspiración, quiero decir. Espero que el otro Miguel, el de Cervantes, el de La Mancha, no se remueva en su tumba por el plagio tan descarado como respetuoso que me dispongo a hacer.
El cuento dice así.
En un lugar de esta España, de cuyo nombre no es preciso acordarse, hace un tiempo que vivía un abogado de los de toga en el ropero, habla antigua, tiempo libre flaco y espíritu corredor. Es, pues, de saber, que ese sobredicho abogado, dedicándose él al Derecho tributario, los ratos que no estaba ocioso, que eran prácticamente todos los del año, se daba a leer, porque sentía que era su obligación hacerlo, los textos que surgían del impulso del Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE, fuera o dentro de su Marco Inclusivo, ya se tratara de reglas modelos, modelos de convenio, convenios multilaterales, comentarios, directrices, instrucciones, ejemplos, repositorios, guías, manuales de implantación, preguntas y respuestas y demás acervo tributario internacional. Sucedió que cuanto más leía, más le parecía a nuestro abogado que tenía que leer, y llegó a tanto su sentimiento del deber y su pundonor en darle cumplimiento, que olvidó de todo punto el ejercicio de su libre albedrío lector y con él el mapa para administrar sus esperanzas y desilusiones vitales.
Llegó a tanto su desatino en esto que la prosa de esas lecturas y de esas intrincadas normas de fiscalidad internacional, verdaderos requiebros normativos y cartas de desafío intelectual, le parecían incógnitas designadas a propósito para probar su ingenio. Y así, el pobre abogado perdía con esos textos el juicio, y desvelábase por entenderlos y desentrañarles el sentido, que no se lo sacare ni los entendiera el mismo Einstein, si resucitara solo para ello.
En resumen, tanto se enfrascó en su lectura, que se le pasaban las noches leyendo de claro en claro, y los días de turbio en turbio, y así, del poco dormir y del mucho leer, y sobre todo del mucho leer estas y no otras lecturas, se le secó el cerebro, de manera que vino a perder el juicio.
Hasta tal punto llegó su extravío que vino a dar en el más extraño pensamiento que jamás dio loco en el mundo: hacerse abogado andante y poner su afán en la lucha contra los desafueros normativos que ese acervo tributario internacional inspiraba luego en los legisladores aquende y allende de todo lugar. Le pareció así no solo conveniente sino de todo punto necesario desfacer los agravios, enderezar los entuertos, enmendar las sinrazones y mejorar los abusos que, grandes y numerosos todos ellos, campaban por sus anchas en la normatividad que rige la fiscalidad internacional. Y, sabiendo en su fuero interno de lo iluso de su propósito, adoptó para su empeño el nombre de don Quijote, que le iba que ni pintado, y quiso añadir, como hicieron todos los héroes andantes que en el mundo han sido, un sobrenombre que dejara claro su linaje y patria, pareciéndole bien ser conocido, por todos los que vivieren en los tiempos venideros, como don Quijote de esta España, el Caballero de las Tristes Lecturas.
Hechas, pues, estas prevenciones, y aunque le parecía que toda tardanza en su misión era cosa mala y que debía darse prisa en poner a efecto lo que trajinaba, pensó que necesitaba un cliente al que defender en sus embates contra la injusticia normativa, pues un abogado andante sin clientes es árbol sin hojas y sin fruto y cuerpo sin alma, como lo eran antes los caballeros andantes sin una dama. Y le pareció bien erigir en cliente de sus pensamientos y batallas, aunque éste jamás llegara a saberlo, a Juan Español, si bien pudiera en su lugar haber elegido a John the Englishman, Jean le Français, Giovanni l’Italiano, Johannes der Deutsche, o João o Portugués, que los clientes agraviados por los desafueros de la fiscalidad internacional no entienden de patrias.
No se escribe en este cuento, por haberle parecido a su autora, una tal Majd Marin Abn Binitu, que no era menester escribir una cosa tan clara y tan necesaria de tratarse como eran los dineros que el abogado andante recibiría por sus servicios, aunque no por eso se debería creer que no los hubo, o que al menos no los debió haber habido si Juan Español, claro está, hubiera sabido algo de su ignoto destino.
Pero antes de salir a cumplir su alta misión, pensó don Quijote que también le vendría bien tomar un pasante, pues ellos son los escuderos de la abogacía andante, y no encontró mejor que un leal y joven graduado, muy sensato él, recién salido del máster de acceso, conocido por todos como Pancho Calma.
Y ya con todo lo necesario se embarcaron los dos en la búsqueda de un entuerto que enderezar, una sinrazón que enmendar, en esos textos normativos que tan necesitados estaban de abogados andantes.
No habían avanzado mucho en su escrutinio, cuando avistaron varios cuerpos normativos, con números correlativos, que marcaban su paso al ritmo de DAC: DAC1, DAC2, DAC3, DAC4, y así, hasta completar un número de treinta o cuarenta, que era el número que integraba el ejército de DAC en los tiempos en los que Majd Marin Abn Binitu se decidió a relatar esta historia. [Ya saben Uds. que, al presente ritmo de generación, el número se habrá cuadruplicado en los tiempos en los que yo se la relate a mis nietecillos].
Divisado entre el ejército de DAC una, la número 6, que le pareció particularmente amenazante, no quiso nuestro héroe resistirse más, y se lanzó sin más demora, con la Carta de los derechos fundamentales en ristre, y ondeando su toga al viento, a desfacer el agravio que la sola existencia de esa concreta DAC genera en la Humanidad, para poder presumir de ello después ante su Juan Español.
—La ventura nos va guiando, amigo Pancho Calma, porque, si toda injerencia en un derecho fundamental tiene que estar basada en una ley que sea clara, accesible y previsible, esa DAC6 que ahí divisas es una norma desaforada con la que pienso hacer batalla hasta verla desfallecer.
—Mire vuestra merced —respondió Pancho— que si la validez de una norma tributaria dependiera de su claridad y precisión, no habría ninguna que quedara incólume y a ver cómo se financiarían entonces los gastos comunes de todos.
Pero tan puesto iba don Quijote en que las obligaciones ininteligibles eran algo que no se debía tolerar, que ni siquiera oía las llamadas a la cruda realidad de Pancho Calma, mientras enfrascado en sus arengas jurídicas arremetía y embestía contra esa endemoniada DAC6.
No salió de esta del todo bien parado, porque el dios de estas batallas [ya saben Uds.: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea] consideró que, si bien las normas de esa DAC6 podían estar menesterosas de aclaraciones y precisiones varias, ello no empecía para que hubieran de ser consideradas lo suficientemente claras y precisas como para obligar a Juan Español y a todos los Juanes de todas las patrias a cumplir ex ante eso que solo a posteriori sería objeto de aclaración y precisión [ya saben Uds.: la sentencia del dios de estas batallas de 29 de julio de 2024, asunto C-623/22].
—¿No le dije yo a vuestra merced que mirase bien lo que hacía? —le dijo Pancho Calma—. Tanto brío en acometer, y tanto aliento en el perseverar, pero a ver cuándo mostramos también destreza en el herir y maña en el derribar.
—Me parece a mí, amigo Pancho —respondió don Quijote—, que entiendes poco de batallas jurídicas; habéis de recordar que siempre deja la ventura una puerta abierta en las desdichas para dar remedio a ellas y, además, el tiempo da dulces salidas a muchas amargas dificultades y el que cae hoy, mañana puede también levantarse.
—Pues no veo, señor mío, qué tipo de dulzura puede deparar el mero paso del tiempo, pero, al igual que una golondrina no hace verano, no hay mal que por bien no venga ni que dure cien años, así que al tiempo que viene malo le pondremos buena cara, y seguiré confiando, mientras aprenda a vuestro lado, en que la fe mueve montañas y en que querer es poder.
—Anda, deja de ensartar dichos y ayúdame a escoger otro entuerto que enderezar, otro agravio que desfacer… Mira, ahí se perfila una regla que obliga a pagar a unos lo que otros, sin parte alguna de los primeros, dejaron supuestamente de pagar, pese a que lo que poco, mucho o nada que pagaron se pagó en cumplimiento de la más estricta legalidad… Utepeerre, la llaman. Nombre de villano, no cabe duda.
Y don Quijote, de nuevo con su Carta de derechos fundamentales, y con sus principios generales del derecho, y sus libertades fundamentales en ristre, se lanzó a la batalla con la determinación de enmendar el desafuero [ya saben Uds.: la cuestión prejudicial que el Tribunal Constitucional belga ha elevado al dios de estas batallas y que ha dado origen al asunto C-519/25], mientras Pancho Calma hacía uno y mil votos y ofrecimientos para que la fortuna librase a su maestro del peligro de un nuevo revolcón.
Pero en este punto y término deja pendiente la autora de esta historia esta batalla, disculpándose en que no había más escrito sobre esta hazaña de lo que dejó referido, y confiando en que sus lectores, y todos los Juanes de todas las patrias, no desesperen de hallar un final apacible e ilusionante a esta sorprendente historia…
Y colorín colorado, concluida ya mi travesura, aquí les dejo un cuentecillo tributario excelsamente escrito [¡a ver quién se atreve a discutírmelo!] pero igualmente inacabado.

