Los grandes trazos de «mi» propuesta de reforma del sistema tributario

No voy a intentar recrear el informe Lagares en versión fiscal-bloguera ni nada por el estilo. Más que nada porque esta no es la sede adecuada al efecto y porque yo tampoco tengo la valía ni la experiencia del infrascrito, gran técnico tributarista.

También he de reconocer que mi absoluto desconocimiento de los entresijos presupuestarios hace la tarea más fácil, pues se me escapa si la propuesta que realizo puede suponer un descuadre de la balanza presupuestaria. Es decir, yo lanzo mis dardos con una diana bien grande y está claro que así es difícil fallar. Soy consciente de ello.

En fin, que solo me dedico a lanzar una serie de ideas constructivas para modificar el sistema tributario, básicamente racionalizándolo, aspecto este que no es muy tenido en cuenta últimamente por el Legislador:

a) Impuesto sobre la Renta

La mejora de este impuesto, que hasta hace bien poco era la base (recaudatoria) de nuestro sistema impositivo, no es difícil. El modelo creado con la Ley 35/2006 es un híbrido entre el sistema dual nórdico y nuestro sistema tributario anterior. Una amalgama difícil de digerir desde la lógica tributaria, que ha creado situaciones de clara doble imposición e injusticia tributaria. Léanse, la eliminación de la deducción para dividendos, la irracional diferenciación de rentas derivadas del ahorro, etc.

Así, a mi modo de ver una reforma sencilla partiría de:

–         creación de una verdadera base del ahorro. Esto es, que la base general fuera aquella que integrara únicamente rentas del esfuerzo –trabajo, actividad económica e imputaciones-, dejando a un tipo reducido aquellas rentas derivadas verdaderamente del ahorro –capital mobiliario, inmobiliario y ganancias y pérdidas patrimoniales-.

–         Racionalización del tipo de gravamen de la renta del ahorro. Con este punto me vengo a referir a dejar un tipo impositivo que resulte competitivo en el marco internacional. Quizá volver al tipo del 15% sería lo más deseable, dejándonos de la demagogia partidista que se achaca por determinados partidos políticos.

–         Eliminación de ventajas fiscales para determinadas rentas del ahorro. Esta asimilación de la renta del capital inmobiliario con el resto de rentas del ahorro, totalmente natural, debería tener como contrapartida la eliminación de todo tipo de deducción y reducción derivada de la misma, lo que significa una tributación definitiva del tipo del 15% de todas las rentas del ahorro.

–         Eliminación de ventajas fiscales para expatriados e impatriados. No tiene sentido que, estando el país como está, existan aún ciertas ventajas fiscales que solo afectan a unos pocos y que, curiosamente, normalmente no son nacionales o bien son de las capas altas de la sociedad. A mi modo de ver, la venida a España de talento ha de ser vía reducción del tipo de gravamen general, y no por una situación claramente injusta para con el resto de contribuyentes. Del mismo modo, la mecánica de aplicación de la exención por rentas obtenidas en el extranjero ha derivado en situaciones prácticas absurdas que sería deseable evitar.

–         Reimplantación de una deducción para evitar la doble imposición de dividendos, con una limitación parecida a la de la anterior legislación, para evitar situación de des y sobreimposición.

–         Eliminación del régimen de estimación objetiva. Este régimen es un gran foco de fraude y, teniendo en cuenta que nació con el objetivo de facilitar la gestión tributaria a pequeños empresarios y que este objetivo no se ha cumplido, pues todo contribuyente que realiza una actividad económica del tipo que sea necesita asesoramiento especializado, lo mejor sería eliminar esa alternativa y que todas las actividades económicas tributen según sus ingresos reales.

–         Modificación de la tarifa del impuesto. Este punto es clave, aunque mi ya confesado desconocimiento presupuestario hace que toda propuesta que realice devenga en arriesgada. Como contribuyente y como profesional del sector, creo que la tarifa es demasiado dura para rentas muy altas. Quizá bajarla uno o dos puntos sería interesante.

–         Eliminación de limitaciones para aplicación de reducciones en stock options y rendimientos irregulares. Resulta totalmente contrario al principio de igualdad que a partir de un determinado baremo de renta, no resulta aplicable una reducción cuya lógica deriva de su irregularidad y no de su importe monetario.

b) Impuesto sobre Sociedades

Entramos en un terreno algo complejo pero que, siendo sinceros, no es la base recaudatoria ni muchísimo menos de nuestro sistema tributario. No me extenderé demasiado, pero alguna propuesta de sencilla aplicación sí que se me ocurre, aunque puede resultar políticamente incorrecta, como es la siguiente:

–         eliminación del régimen de PYMES y sustitución por tarificación en función del beneficio empresarial. Este régimen, igual que la famosa “empresa familiar” lo único que hace es discriminar a ciertas entidades en función de su facturación, que no de su beneficio. Resulta incoherente. Así, una idea interesante sería establecer una mini tarifa de dos o tres tramos en función del beneficio empresarial. De este modo, grandes entidades que han sido las principales generadoras de la crisis y que a pesar de ello siguen teniendo beneficios trimestrales millonarios, se verían obligadas a contribuir como les corresponde. Me refiero, obviamente, a la banca y es que, ¿cómo es posible que una empresa extractora de carbón tenga un tipo de gravamen endurecido y no una entidad financiera?

c) IVA- ITP

El IVA se ha convertido en el principal impuesto a nivel recaudatorio. De todos modos, una subida de un tipo del uno por ciento resulta deseable, para igualarnos al resto de países de nuestro entorno. Sé que es generadora de inflación y que encarece el consumo, pero las necesidades recaudatorias de España son apremiantes.

Por otra parte, la fiscalidad indirecta inmobiliaria debería simplificarse. La aplicación del Impuesto sobre Transmisiones debería quedar totalmente vedada a las operaciones empresariales, de modo que no tuviera que plantearse siquiera la aplicación de exenciones o renuncias a las mismas. Esto es, las operaciones inmobiliarias tributarían siempre por IVA, sin aplicación posible del ITP.

Igualmente, debería eliminarse la cláusula antifraude del artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores, para pasar a un sistema en el cual en situaciones de defraudación se apliquen las cláusulas genéricas previstas en la Ley General Tributaria –simulación y fraude de ley-. Y es que, al final, la creación de normas antifraude ad hoc lo que hacen es cerrar ciertos agujeros de defraudación que se abren por otro costado fácilmente.

d) Sucesiones y Donaciones

En este ámbito el Estado de las Autonomías se ha vuelto en contra de sus propios beneficiados, las propias Comunidades Autónomas. El monstruo está acabando con su creador. En este sentido, deberían devolverse las capacidades tributarias normativas de la cesta de impuestos autonómicos al Estado y que sea este el que establezca la tributación propia de estos impuestos, para reintroducirlos de forma racional al sistema.

En este orden de cosas, la tarifa del impuesto debería ser reducida sustancialmente, pues una tributación hasta un 64%, como se puede dar ahora entre extraños, resulta excesiva.

Soy partidario de que la tarifa sea muy reducida, aunque no puedo asegurar hasta qué porcentaje. Pero a cambio deberían eliminarse todas las ventajas fiscales previstas actualmente, esto es, bonificaciones y deducciones para determinados familiares, para viviendas y para empresas familiares.

e) Otras medidas

Una reintroducción del Impuesto sobre el Patrimonio, pero sin bonificaciones para empresas familiares y con unos tipos muy ligeros, sería también deseable. Del mismo modo, los tributos locales deberían racionalizarse y simplificar su gestión, que se ha convertido en un auténtico quebradero de cabeza.

Dejo las medidas en materia de procedimiento tributario para otra ocasión y agradeceré mucho los comentarios que se realicen a mis propuestas y las alternativas que se puedan plantear.

Mi objetivo es crear un debate. Ya he comentado que algunas medidas son claramente impopulares o simplemente implanteables, pero leído todo en su contexto se colige fácilmente que mi voluntad es que el sistema tributario cumpla de una forma más clara el mandato constitucional del artículo 31 de la Constitución.

0 pensamientos en “Los grandes trazos de «mi» propuesta de reforma del sistema tributario

  1. JOSE FERNANDEZ JUNCAL

    Veras mi opinión la respecto va por otros derroteros.
    El legislador y en temas tributarios creo que más aún, tiene que tener claro que si realiza cambios en la norma tiene que ser buscando una finalidad, que es variable y en función de las necesidades puntuales que tenga el país.
    De tal manera que en un determinado momento una medida fiscal puede ser valida y en otro momento distinto esa misma media puede ser errónea, porque las medidas fiscales bajo mi punto de vistas tienen ser tomadas buscando una finalidad.
    Dicho esto y haciendo un poco de historia, cuando nació en España el impuesto de Renta, este era totalmente progresivo, de tal manera que a mayor nivel de renta generada, el tipo medio subía, con independencia del tipo de rendimiento obtenido.
    Esto a medio plazo origino que NO se realizaban transmisiones de bienes patrimoniales, dado que se podían alcanzar tipos del 40, 50 y creo que hasta el 55%, por la imputación al tipo medio de las ganancias patrimoniales.
    Cuando se les aplicó tipo fijo se produjeron infinidad de transmisiones, muchas de ellas en cadena, y el Estado recaudó muchísimo dinero, en concepto de Renta, ITP, IVA, Plusvalías municipales, etc. y al contribuyente le produjo beneficios importantes y al final todo el mundo obtuvo su rendimiento en cadena y se produjo una gran reactivación económica sobre todo en la construcción.
    Dicho esto, entiendo que las medidas fiscales se tienen que tomar en base al concepto de:
    Aplico una medida fiscal con el objetivo de conseguir una finalidad determinada.
    Siguiendo tu criterio del impuesto de sucesiones, si quieres eliminar las bonificaciones a las empresas familiares, o la de la vivienda habitual del causante, dejas de potenciar la consolidación de estas empresas y que perduren en el tiempo. Si no quieres motivar el ahorro en vivienda para que un padre piense en dejarle un piso en el futuro a un ascendiente, también puedes quitarla, pero bajo mi punto de vista tendrás siempre que motivarme el objetivo final de tu medida.
    Por eso sigo con el criterio de que a cada propuesta de una variación fiscal, tiene que estar motivada indicando el objetivo final de la misma, es decir que es lo que pretendemos con ella y a partir de ahí se tendría que evaluar su repercusión en los presupuesto del Estado o Comunidad Autónoma.

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    1. Esaú

      Apreciado José:
      Eso está bien, una opinión diametralmente contraria a la mía, lo que hace el debate más interesante. A mi modo de ver, un sistema tributario adecuado y con ánimo de permanencia en el tiempo tiene dos ventajas que no me podrás negar.
      Una, la seguridad jurídica. En la actualidad estamos padeciendo, en nuestro día a día frente a la Administración, una auténtica inseguridad jurídica y la toma de decisión de las empresas no está fuera de esa órbita.
      Dos, una regresión del fraude, puesto que todas esas bonificaciones, ventajas y demás «agujeros» del sistema se eliminarían.
      Soy consciente, no obstante, de que como comentas existe una cosa que se llama «política fiscal» y que el sistema tributario no puede ser ajeno a este hecho, y menos en un sistema cuasibipartidista como el nuestro.
      Pero bueno, al menos en mis reflexiones me gusta creer en el mundo de Oz!

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  2. Luis Valero

    Sin pertenecer al segmento de renta altas, y sin querer hacer demagogia política, me gustaría comentar que últimamente la presión fiscal en España se ha acentuado. Para sueldos medios, el tipo impositivo medio ha aumentado, (podríamos decir que hemos pasado de ser cabeza de ratón a cola de león).
    Bajo mi punto de vista, la aberración de mantener la deducción por vivienda a las rentas inferiores a 24.000 €, es una medida antinatura, que sobretodo afecta a la clase media.
    Tal como están hoy los precios de los activos inmobiliarios (que siguen sobrevalorados), dificilmente en las grandes urbes (Madrid, Barcelona, Bilbao, Mallorca, Valencia) alguien podrá comprarse una vivienda.
    En cambio, aquellos que cobraban (por ejemplo 30.000 €) que con mucho esfuerzo y unido al sueldo de la pareja (o sea 60.000 € al año), podían acceder a una vivenda, resulta, que se han quedado sin el incentivo fiscal, con la excusa de que era una medida que hacía subir el precio de los activos.

    Por otro lado, me parece muy interesante la revisión que propones de las rentas del ahorro. Totalmente de acuerdo. Eso si que podría beneficiar el consumo, ya que aumentaría la renta disponible de los hogares, o incluso la propia renta del ahorro, al no tener un peaje fiscalizador tan alto….

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    1. Esaú Alarcón

      Efectivamente, se penaliza la compra porque no se aplica la deducción para rentas normales y, las bajas, tampoco la pueden aplicar porque normalmente no tienen cuota de impuesto que deducirse. Un drama, unido a una política de fomento de alquiler totalmente equivocada. Esaú

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