Recojo el guante de mi alter-bloggero, Esaú, y para no ser menos, yo también lanzo mis propuestas de renovación del marco tributario, siquiera sea, porque tenemos la esperanza de que algún político las lea y le sirvan para descubrir que, en el mundo, existen otras personas aparte de ellos mismos. Les anticipo que, afortunadamente, tengo algunas discrepancias con mi colega, pues en sus propuestas relampaguea su lado canalla (mejor dicho, socialdemócrata). En cualquier caso, elijan ustedes…
Por mor al esquema planteado, trataré de mantener los puntos para facilitar su lectura y adecuado contraste.
1. Reforma del sistema financiero y tributario
Para empezar creo que deben producirse algunos grandes cambios en nuestro sistema financiero y tributario, cambios profundos, radicales y muy polémicos, lo sé, pero ya va siendo hora de abandonar tanta pulcritud política y consideración:
▪ Instauración de una Administración tributaria única. Lo siento por los amigos de los localismos, autonomismos, federalismos y demás cuentos soberanistas. Creo que, para cualquier ciudadano o empresario de a pie, así como para cualquier no residente, le resulta muy difícil de entender, digerir y gestionar la multiplicidad de figuras impositivas con sucesivas instancias administrativas, competencias múltiples y heterogéneas, añadido que, entre administraciones no se hablan ni comunican: ayuntamientos, diputaciones forales y no forales, consejos comarcales y entidades metropolitanas, comunidades autónomas, cabildos y consells insulars, agencia estatal (AEAT), etc. Por si no había suficiente, recuerden añadir las Cámaras de Comercio (a la espera de su pronta extinción), entes y organismos reguladores (Comisión Nacional de Telecomunicaciones, de la Energía, Agencia Española de Protección de Datos, etc.) y los más variados y diversos organismos oficiales en los distintos ámbitos políticos.
Como comprenderán, dicha complejidad administrativa resulta desincentivadora y supone una pesada carga para cualquier inversor o empresario. Lo he comprobado en mis múltiples charlas con nuevos «emprendedores»: cuando les expongo las obligaciones tributarias a cumplir y las distintas instancias administrativas a las que acudir, la mayoría de ellos se ven tentados a abandonar antes de empezar.
Soy consciente de que este cambio, a día de hoy puede resultar utópico, no obstante, los cambios suceden a las ideas.
▪ Eliminación y sustitución de todo tipo de ayudas y subvenciones por créditos fiscales y demás incentivos activos, salvo determinados mecanismos excepcionales que permitan el acceso libre, universal y gratuito a la educación y sanidad (implantación del “cheque escolar/universitario”, “cheque sanitario”, etc.). En palabras llanas, no me quiten el dinero para devolvérmelo vía una ayuda, dejen que me lo gestione yo solito.
La evidencia está ahí, las subvenciones es el alimento de la corrupción política y administrativa, a la vez que los recursos económicos detraídos y destinados para la concesión de subvenciones se gestionan de forma ineficaz e ineficiente, con importantes pérdidas para el conjunto social. Ciertamente, los incentivos y bonificaciones fiscales pueden dar lugar a usos indebidos o fraudulentos, pero para eso están, precisamente, los órganos de comprobación e investigación. ¿Qué precisarán más efectivos y recursos? Pues se les concede, seguramente dicho coste es ínfimo respecto al “coste real” de todos los organismos e instituciones concedentes de subvenciones.
▪ La creación de una administración tributaria única y la eliminación de subvenciones, la acompañaría, con una medida adicional: la transversalidad de los créditos fiscales.
Muy sencillo: tengo un mal año y resulta que tengo bases imponibles negativas en el Impuesto sobre Sociedades (IS), si bien, tengo saldos positivos en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y debo hacer frente a otros tributos. Pues bien, el crédito fiscal derivado de los saldos por bases imponibles negativas del IS me permite compensar con las eventuales deudas en los distintos tributos (IVA, IBI, plusvalías municipales, etc.). Es decir, cada contribuyente tiene una “cuenta corriente” con la administración tributaria facilitándole la liquidación y compensación inmediata. Evidentemente, el plazo para ejercer el derecho de compensación bastaría que fuese igual al de prescripción (los cuatro años actuales) en lugar de los plazos cuasi indefinidos vigentes (quince años).
▪ Insisto, refuerzo y esfuerzo en medios humanos y materiales para que la (única) Administración Tributaria competente cumpla con su doble misión: servir a los ciudadanos (atención próxima, inmediata, accesible, etc.) y controlar y evitar el fraude fiscal.
Podrá resultar demagógico, pero a día de hoy, en el siglo XXI, no resulta entendible que las dos principales instituciones económicas de este país (las administraciones públicas y las entidades financieras) sólo estén abiertas al público unas escasas horas durante los días laborales. Ciertamente, el sistema de comunicación on-line (oficinas virtuales y demás) facilita la accesibilidad para la realización de una gran multiplicidad de trámites. No obstante, existen otros trámites que, aún hoy, es preciso realizarlos presencialmente.
2. IRPF
Coincido en la sensación de que el actual sistema vigente genera ciertas distorsiones y se encuentra en un terreno de nadie, consiguiendo desagradar a todos. Mis ideas irían por lo siguiente:
▪ Establecimiento de un verdadero sistema dual del impuesto, diferenciando rentas de la actividad propia del sujeto pasivo (rentas del trabajo, actividad económica y asimiladas) y rentas generadas por el ahorro (rendimientos del capital mobiliario, inmobiliario, ganancias patrimoniales, etc.). Asimismo, dentro de cada conjunto de rentas, establecería una dualización adicional en función del periodo de generación (más o menos de tres años de generación), como había existido con anterioridad, de tal manera que los tipos efectivos de gravamen fuesen distintos.
▪ Mantenimiento de la escala de gravamen para los rendimientos de la actividad y asimilados (base general); si bien, dicha escala de gravamen debería equipararse íntegramente a la del Impuesto sobre Sociedades (25% y 30%, actualmente).
▪ Fijación de un tipo único de gravamen del 15% para los rendimientos del ahorro.
▪ Establecimiento de una reducción del 30% de la base de gravamen (sea la de la actividad – general – o la del ahorro) para aquellos rendimientos con un periodo de generación superior a tres años y que se obtienen íntegramente en un único ejercicio impositivo.
▪ Fomento de la familia: elevación sustancial de los mínimos personales y familiares (se me antoja ridículo pensar que una persona pueda vivir todo el año con 5.151€ y una madre con dos hijos sobreviva con apenas 9.027€), especialmente, las cuantías por hijo deberían, al menos, duplicarse. Con ello, en principio, ya se conseguiría que, las rentas más bajas y medio-bajas (los denominados “mileuristas”) quedasen exentos de tributación, gravándose así, sólo, a las rentas medias y altas.
Restablecimiento de las ayudas por nacimiento y/o adopción, mejora en las bonificaciones por el cuidado y atención de los padres u otros ascendientes, discapacitados y demás personas en situaciones de dependencia (siempre que ello lo lleve a cabo el contribuyente con sus medios y recursos, claro está).
▪ Eliminación de las ayudas a la compra y arrendamiento de vivienda. Quizás sorprenda, pero mi experiencia práctica me revela que, dichas ayudas sólo han servido para incrementar artificialmente el precio de la vivienda (muchos compradores accedían a pagar un precio superior sobre la base de una teórica bonificación fiscal) y, a la hora de la verdad, sólo gozan realmente de dicha bonificación, las rentas altas y medio-altas, sectores a los que, en principio, la normativa no pretendía beneficiar.
3. Impuesto sobre Sociedades.
Contrariamente a lo más habitualmente apuntado, no es cuestión de reducir aún más el tipo impositivo (la escala actual del 25% y 30% me resulta bastante correcta, si bien, en la medida que existiese margen para ello, se me antoja atractivo reducirlo más). Me contentaría con restablecer y consolidar el anterior sistema de deducciones fiscales por la realización de determinadas actividades (I+D+i, fomento actividades tecnológicas, creación de empleo, formación profesional, inserción de discapacitados, etc.) siempre que ello fuese compatible con el (anti)mercado único europeo.
Como apunte personal al post de la semana pasada relativa a las SICAV. Adicionalmente, en materia del IS, realizaría algunas pequeñas modificaciones legales en las normativas reguladoras específicas, para evitar que se siga haciendo un uso fraudulento o equívoco de ciertas figuras jurídicas, como son las SICAV, las fundaciones (me refiero a esos instrumentos de marketing llamados «Fundaciones de Empresa» y asimilados), el arrendamiento financiero de navieras, etc. Los que lo practican, ya saben por donde voy…
4. Reconversión de los impuestos patrimoniales.
Los denominados impuestos patrimoniales (Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre Sucesiones) deberían recuperarse e implantarse para el conjunto del territorio nacional (sin excepciones), manteniendo el espíritu de lo que un día fueron: “impuestos censales”. Es decir, dichas figuras impositivas, con su actual esquema de declaración e información, añadido a una mínima tributación (con una escala progresiva de hasta un máximo del 5% en el caso del Impuesto sobre Sucesiones), serían unos útiles instrumentos para la evitación y control del fraude tributario.
Por su parte, el Impuesto sobre Donaciones, como gravamen indirecto, debería equipararse económicamente al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO).
Evidentemente, dado que dichas figuras ya no suponen el lastre o coste económico que, hasta ahora suponían, seguramente ya no tendría mucho sentido mantener los incentivos de “empresa familiar” y asimilados, facilitando así la deseada neutralidad fiscal en la toma de decisiones empresariales.
5. Otras cuestiones.
▪ Ciertamente las cotizaciones a la Seguridad Social no tienen la calificación jurídica de tributo o impuesto. No obstante, su existencia está íntimamente ligada al sistema tributario español. Una de las cuestiones más polémicas es si el actual sistema de reparto es justo con los contribuyentes a la Seguridad Social nacidos a partir de los años setenta: la realidad, a día de hoy, es que, todas nuestras contribuciones a la Seguridad Social no nos garantizan la percepción futura de las teóricas prestaciones; ello no sucederá por un cambio legislativo, sino por algo más sencillo, la pirámide poblacional. ¿A quién reclamaremos? Debería empezar a implantarse desde ya, una modalidad mixta de sistema de reparto (contribuir hoy para ayudar a las actuales clases pasivas) y sistema de capitalización (creación de un fondo propio para mis pensiones futuras), además de mejorar la fiscalidad de los mecanismos de ahorro alternativos al sistema público de pensiones.
▪ Por otro lado, en materia de procedimiento, sería de la opinión que deberían añadirse dos medidas en el ámbito de la impugnación y revisión de los actos administrativos:
– Que los actos administrativos no fuesen ejecutivos (es decir, que no pudiese exigirse el pago de la deuda tributaria) en tanto en cuanto no hubiese concluido la vía administrativa (tribunales económico-administrativos inclusive).
– La generalización de la imposición de costas, bien sea el contribuyente (por haber recurrido pese a no tener razón), bien sea la Administración tributaria (vía responsabilidad patrimonial, hoy denegada por el Tribunal Supremo a la luz de la normativa vigente).
* * * * *
Evidentemente, el presente desarrollo es incompleto, pues sólo nos hemos fijado en el lado de los ingresos públicos. En mi opinión, gran parte del trabajo de un buen gestor público pasaría por eliminar y minorar cantidades ingentes de gasto público innecesario, ineficiente y abusivo (subvenciones a instituciones políticas y sociales, eliminación de las medios de comunicación públicos que realicen programación no institucional así como la realización de publicidad institucional en medios privados, ayudas a la «cultura», costes por duplicidades administrativas, entes y organismos públicos irrelevantes, etc.). Como se suele decir, aquí hay mucha tela que cortar…
En el fondo no estamos tan lejos. Creo que si dejaran las finanzas públicas en nuestras manos, nos pondríamos de acuerdo rápidamente.
Me gusta poner pegas, porque también me gusta aceptar comentarios negativos a mis propuestas, es la única manera que conozco de mejorar.
Lo de las Autonomías es en muchos casos un aspecto formal, vamos a ver por ejemplo en el IRPF, lo liquida la Administración Central y después distribuye el 50% a las Autonomías, ¿Cuál es el problema? ¿El porcentaje a distribuir?
Impuesto sucesiones.- Las autonomías hasta usan hasta el mismo programa informático, simplemente aplican diferentes deducciones., ¿Es que no pueden incentivar la deducción por vivienda habitual, el mantenimiento de la empresa familiar, etc.?
Cada cual que aguante, justifique o venda su postura., a fin de cuentas le afecta a sus presupuestos y a sus conciudadanos.
Lo mismo digo con los impuestos locales.
Y digo mas, en impuestos como el IVA, que con esta motivación puedo ir en contra del sistema y de las autonomías mas potentes comercialmente hablando, ¿que pasaría si cada Autonomía se considerase como un país mas, solo a efectos de IVA, es decir que fuesen operaciones comunitarias, las operaciones comerciales entre autonomías, la autonomía que vende mucho ya no recibiría o presumiría de emitir mucho IVA, ya que las facturas se emitirían como una operación comunitaria, la comunidad destinataria al repercutir el 100% del IVA al consumidor final, sin deducir un IVA soportado externo porque ya no se le repercutiría, igual ingresaba mas por este impuesto, y seria justo porque ingresaría por lo que realmente consume.
Si cada Ayuntamiento recaudase dentro de cada autonomía una cantidad fija en función de sus habitantes, no como ahora que es un escalonado que como siempre beneficia a los mas grandes, este tendría que administrar sus ingresos eficientemente, porque sino papa Estado o papa Autonomía no le daría nada mas; de tal manera que simplemente el Estado o la Autonomía se encargaría de inversiones que afectara a varios Entes Locales, varias Provincias o varias Autonomías, es decir básicamente a las infraestructuras, sanidad y educación que sean de carácter general.
¿Es que un ayuntamiento porque así lo quieren sus habitantes no pueden dedicar y potenciar la mayor parte de sus recursos, unos por ejemplo a la educación, otros a potenciar desmesuradamente la natalidad, otros el turismo, otros a no cobrar casi impuestos y fomentar su crecimiento poblacional por sus ventajas fiscales?
Se puede tener un concepto de que al potenciar mayor incremento de población por baja presión fiscal, mayores ingresos, es decir vale más muchos pocos que pocos muchos.
A nivel Autonómico me vale el mismo argumento.
Por su puesto que las Diputaciones hoy por hoy sobran y es la opinión generalizada en estos foros, es más solo seria necesario aglutinar muchos Ayuntamientos de poca población ya que sus recursos se los llevan los salarios de los funcionarios.
Con este argumento podría seguir, pero ¿tenéis interés en esta vía argumental?
De todas formas, estoy totalmente de acuerdo con la eliminación de las subvenciones, también con la ampliación de la cuenta corriente fiscal, los horarios laborales para todos los ciudadanos, pero también que a igual categoría profesional cobre lo mismo un funcionario que un trabajador de una empresa.
En cuanto a IRPF casi de acuerdo, pero para los de tipo general, pienso que tenemos que ser solidarios, y me explico, si queremos potenciar el empleo, tenemos que tener una escala progresiva hasta no se si el 50 ó el 60% para escalas muy altas, que tampoco se cual seria el escalado y el limite. Mi justificación es que todos tenemos que ponerle un limite a nuestro tiempo de trabajo, que lo normal es que en cierta medida será proporcional a nuestro nivel de ingresos, existen cantidad de personas que no producen mas y no trabajan mas horas, porque se le incrementa el tipo medio y prefieren calidad de vida y trabajar menos. Indirectamente están dejando un espacio para que otras personas cubran sus horas creando mas puestos de trabajo.
Respecto a los mileuristas, exentos, esto me supera en cuanto a la repercusión presupuestaria, a modo de ejemplo podemos ver que el salario “medio” en Portugal es de 700.-€, lógicamente no tributan y la repercusión en el IRPF de las rentas del trabajo es minima, esto implica su estado actual, IVAS al 21%, impuestos indirectos altísimos, la cadena del IVA en la construcción no funciona y nos encontramos con un Estado sin capacidad de generar recursos.
En cuanto a los impuestos patrimoniales, ¿No creéis que el Estado, actualmente no esta con medios suficientes para confeccionar informativamente un inventario patrimonial de cada ciudadano y controlar variaciones patrimoniales “fraudulentas”?
Apreciado Jose, permiteme tres réplicas para seguir el juego y animar la polémica.
La primera, cuando hablo de una administración tributaria única no se refiere a eliminar necesariamente autonomías, ayuntamientos y demás (aunque, en un plano teórico o iendo más allá, no lo descarto), sino a la eventual coexistencia de un órgano recaudatorio único con distintos niveles institucionales, con el consiguiente reparto de la recaudación tributaria.
Dos, en mi opinión, un tipo del IRPF por encima del 40% se me antoja confiscatorio y antieconómico, y precisamente, mi idea va por equiparar la tributación de las rentas de las personas físicas con la de las personas jurídicas.
Siento decirte que estoy en contra totalmente de esa idea de que a la gente hay que desincentivarla de trabajar en demasía, para que haya trabajo para todos. Lo siento, pero debe existir la libertad individual de cada uno. A ver si porque yo trabajo más, voy a ser una mala persona. Me opongo totalmente a las limitaciones salariales, de condiciones laborales y etc. Asimismo, reclamas para un funcionario el mismo salario que un trabajador en la «privada»; pues mira, no, lo siento. Sencillamente, porque cada puesto tiene sus condiciones: ¿cuánto vale la inamobilidad del funcionario? ¿cuánto vale el derecho a disfrutar de los días «moscosos»?, etc. Al final, cada uno tiene que tener derecho a percibir en función de sus méritos y capacidades y, contra lo que hay que luchar, es con aquellas interferencias o actuaciones que son ajenas a los méritos y capacidades individuales. Este tema, da para mucho más…
Tercero, y último, en contra de tu parecer, el Estado (entiendiendo que te refieres a la AEAT como administración tributaria de nivel estatal) tiene la capacidad y los medios suficientes para disponer y tratar la información patrimonial de las personas. ¿Sabes que, precisamente, desde la desaparación del Impuesto sobre el Patrimonio la AEAT ha perdido la principal herramienta de control de las mencionadas «variaciones patrimoniales»? La gracia de la declaración del IP es que, aquellos contribuyentes sometidos a dicha obligación, debían retratarse anualmente, facilitándole a la AEAT una importante información (que sigue disponiendo pero de forma deslavazada). Personalmente, he participado en la elaboración y formalización de algunos recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional contra el IP dada su naturaleza confiscatoria; ello, unido a que, en la práctica, sólo eran sujetos efectivos de dicho tributo las rentas medias y medias-altas, son las razones por las cuales, siempre me he opuesto a que dicho tributo siguiese operando como una fuente recaudatoria. Ahora bien, como en su momento muchos lo denunciamos, bastaba con atenuar o reducir la carga tributaria, manteniendo, precisamente, la función de información y prevención del fraude fiscal.
En cualquier caso, Jose, un placer «discutirnos».
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