Tras la reciente publicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional por la que se deroga y se declara nula la Disposición Adicional Primera del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, que regulaba la Declaración Tributaria Especial (DTE), la comúnmente denominada “amnistía fiscal”, ya tenemos un nuevo frente abierto para el debate de tertulias y el postureo político.
Ahora bien, cual bufón o como el vulgar palafrenero, como se relata en la enseñanza XXXII contenida en “El Conde Lucanor”, escrita por el infante Don Juan Manuel, por mucho que digan, creo que el rey está desnudo.
«Señor, a mí me da lo mismo que me tengáis por hijo de mi padre o de otro cualquiera, y por eso os digo que o yo soy ciego, o vais desnudo».
Como intuíamos en estas páginas, creo que hemos asistido ante una perfecta representación dramática, una auténtica ilusión óptica, donde resulta que son unos cuantos actores los que se ríen y burlan de la ingenuidad del gran público que asiste al espectáculo.
Como en la enseñanza de Patronio, existen tres pícaros:
- El Gobierno, en particular, el Ministro de Hacienda y su equipo. Desde el primer momento, han sido conscientes de que la amnistía fiscal tenía serias debilidades legales y que, con el tiempo, tanto el procedimiento de regularización extraordinaria como el régimen legal y sancionador vinculado a la declaración de bienes y derechos en el extranjero (modelo 720) serían objeto de revisiones, enmiendas e, incluso, nulidades.
Ahora bien, si hay alguna certeza en este país, es que la actuación del poder Judicial si llega, lo hará con el suficiente retraso o demora para que el daño ya sea difícilmente subsanable.
Y es que, por mucho que digan, el objetivo de la medida no era conseguir una cierta recaudación tributaria puntual y concreta, sino que tenía una doble finalidad algo más ambiciosa. La primera de ellas era ampliar o ensanchar las futuras bases imponibles de la imposición directa con una medida extraordinaria e incentivar la repatriación de capital, en un momento concreto, en el cual, el país necesitaba un aumento de los ingresos tributarios y precisaba con urgencia romper la dinámica drenaje de la liquidez del sistema financiero. Pues bien, en relación a este primer objetivo, la medida ha tenido un éxito relativo.
El segundo objetivo, menos aparente, ha sido obtener una ingente cantidad de datos e información, sobre el destino y los movimientos de los fondos ocultos. Asimismo, ha servido, de forma involuntaria, como trampa para delincuentes incautos y soberbios, a la vez, que pensaron que “lavando” sus delitos fiscales quedaban limpios de sus pecados originales, la corrupción y el origen ilícito de sus dineros. Bendita iniciativa si con ella se han conseguido penetrar en el silencio de la oscura opacidad.
Con ello, no pretendo aplaudir y felicitar al Gobierno. Nada más lejos de mi intención, al contrario, en mi opinión, el Ministro de Hacienda debería de dimitir de forma inmediata porque, o bien es un incapaz (pues tuvo conocimiento del defecto formal que ha dado lugar a la nulidad desde el primer momento y tenía capacidad para su adecuada subsanación mediante el debido trámite parlamentario) o bien queda patente que obró de forma incorrecta “a sabiendas”, amparándose en la conocida máxima de que el fin justifica los medios.
- En segundo lugar, junto con el acusado, están los acusadores. Papelón dramático donde los haya. Porque, la mejor manera de desviar la atención respecto de la incompetencia y el fracaso de uno es centrarse en los vicios ajenos. Ya saben, exhibir la paja en el ojo ajeno como una gran viga.
Dejando de lado el lodazal político, en el terreno más mundano de la práctica tributaria, me resulta sorpresivo y escandaloso que los funcionarios de la Administración tributaria salgan a la yugular del Ejecutivo para denunciar que la citada amnistía fiscal era contraria a la lucha contra el fraude fiscal. ¿Acaso ellos no tienen nada que ver con los altos índices de fraude fiscal y la existencia de grandes bolsas de fondos ajenos al sistema?
La Agencia Tributaria es implacable contra los ciudadanos medios que cometen algún error o pretenden escaquearse del debido cumplimiento de las obligaciones tributarias pero que están dentro del sistema. Entonces, ante el cumplidor imperfecto se revelan implacables y unos furibundos guardianes de la pureza fiscal.
No obstante, cuando tienen que pensar, indagar, investigar y comprobar, obtener información nueva, perseguir al que se esconde, al que trata de permanecer oculto, al que actúe completamente al margen de la ley, en definitiva, cuando tienen que salir a la calle a trabajar de verdad, entonces, todo son excusas y mirar para otro lado: que si no tienen medios, que si la CNMV no les deja, que si no tienen tiempo, bla, bla, bla…
Por tanto, cuando el Tribunal Constitucional habla de “la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos”, los primeros que deberían sentirse aludidos son los miembros de las distintas administraciones tributarias. La existencia de un continuo y sistemático índice de fraude fiscal es la demostración palpable del fracaso en el desempeño de su cometido. No sería preciso recurrir a medidas extraordinarias de dudosa moralidad y legitimidad si las administraciones tributarias hubiesen realizado su trabajo con la debida diligencia.
- Finalmente, el Tribunal Constitucional y el poder judicial, en su extensión.
Desde la interposición del Recurso de inconstitucional (25 de junio de 2012) hasta la fecha en la que se ha dado a conocer la Sentencia (el pasado jueves, 8 de junio de 2017), prácticamente han transcurrido 5 años.
En fecha 21 de septiembre de 2012 se registró ante el citado Tribunal el escrito de alegaciones del Abogado del Estado, por lo que, con dicho escrito finalizaba el procedimiento de contradicción entre las partes. Es decir, más de dos meses antes a que finalizase el plazo para la presentación del modelo 750 de Declaración Tributaria Especial (DTE). La cuestión es que la nulidad viene amparada por un defecto formal. Por una vulgar chapuza legislativa.
Sin embargo, el expediente se quedó apartado, olvidado, sobre la mesa del Magistrado Ponente Sr. Andrés Ollero, quien se tomó su tiempo para el estudio, hasta el pasado 6 de junio de 2017, momento en que se señaló para deliberación y votación… Casi cinco años, tiempo suficiente para que hayan prescrito las citadas Declaraciones Tributarias Especiales (DTE) así como las primeras declaraciones de bienes y derechos en el extranjero (modelo 720) presentadas en plazo, esto es, antes del 30 de abril de 2013. Por tanto, obvia decir que “deben declararse no susceptibles de ser revisadas (…) las situaciones jurídico-tributarias firmes”.
La cuestión es que la nulidad viene amparada por un defecto formal. Por una vulgar chapuza legislativa. Además, como pone de manifiesto el Tribunal, existían claros precedentes y doctrina del propio Tribunal al respecto; entre otras, las Sentencias 189/2005, de 7 de julio y, la entonces muy reciente, 19/2012, de 15 de febrero. Por tanto, si tan claro resulta el defecto ¿por qué no ha actuado con la debida diligencia y prontitud el Tribunal para evitar que se presentasen ciertas declaraciones tributarias al amparo de una norma incorrecta?
En mi opinión, claramente, el Tribunal pudo y debía haber actuado de otra forma. Cómplice, por acción u omisión. Por eso, para evitar la crítica sobre su cuestionable actuación, el Tribunal se hace el ofendido, embadurna la Sentencia con críticas políticas y utiliza el sensacionalismo y la demagogia barata, ofreciendo carnaza los voceros del rencor y del odio social.
Además, como pone de manifiesto el Tribunal, existían claros precedentes y doctrina del propio Tribunal al respecto; entre otras, las Sentencias 189/2005, de 7 de julio y, la entonces muy reciente, 19/2012, de 15 de febrero. Por tanto, si tan claro resulta el defecto ¿por qué no ha actuado con la debida diligencia y prontitud el Tribunal para evitar que se presentasen ciertas declaraciones tributarias al amparo de una norma incorrecta? La “quiebra del objetivo de justicia” se produce, precisamente, entre otras razones, gracias a que el poder judicial consintió que el daño se cometa.
El Tribunal ha hecho su trabajo. Ha representado su papel. Fundamental, para el desenlace final. Ha conseguido que su Sentencia tenga escasa o nula eficacia práctica, salvo para agravar la situación jurídica (tributaria y penal) de los que se acogieron a la amnistía fiscal y que, actualmente, están en procesos de revisión.
Obviamente, como en cualquier representación, la obra necesita de una decoración específica (por ejemplo, un clima social enrarecido y efervescente, vehemente, irreflexivo), unos secundarios que ayudan a matizar y dibujar la naturaleza de los actores principales (por ejemplo, los medios de información que, con sus sesgos y baja calidad técnica, en general, favorecen la desinformación y la confusión), etc.
En resumen, cual negro palafrenero, debo confesaros que estamos desnudos, y que los pícaros se están riendo a nuestra costa. Desconfiad de los ofendidos y buscad los callados, pues mientras los primeros, sus culpas esconden, los segundos, sus vicios ocultan.
¡Excelente, Emilio!
Una crítica constructiva y reflexiva, que retrata la mediocridad política de este país, todavía inspirada en la picaresca que llevó a España a la ruina en los siglos pasados (e incluso a la guerra civil), y de cuyos gobernantes poco podemos esperar, y menos todavía de sus cómplices, a los que tal vez se les podría calificar con mayor exactitud de vasallos agradecidos. Y en cuanto a la mediocridad e inoperancia de sus detractores, ¡que vamos a decir que no sea público y notorio!
De seguir así, con estas Españas («Españolito que vienes al mundo, / ¡te guarde Dios!, una de las dos Españas / ha de helarte el corazón»), podemos seguir arrastrándonos por el fango de la corrupción, de la mediocridad y, por supuesto, de la vulgaridad y del mal gusto, frutos de la falta de ética, de estética, de educación y de formación a todos los niveles. En fin, como se dice vulgarmente en los pueblos y villorios de esta patria nuestra, vamos a seguir yendo «como mierda por la acequia».