¡Paren, por favor!

«El idiota piensa que nada cambia nada, que, hagas lo que hagas, todo seguirá igual, y que por tanto lo mejor es no hacer nada. Tremenda idiotez. Borges cuenta que en una ocasión estuvo en el desierto del Sáhara, cogió un puñado de arena, dio unos pasos y, mientras dejaba caer la arena, murmuró: «Estoy modificando el Sáhara´´».

«La política de los idiotas». Javier Cercas; El País Semanal (12/5/2024).

***

Siempre he sido más diurno que nocturno. Ya en mi época de estudiante, mis biorritmos me decían que era más productivo (siempre dentro de un margen) a primera hora de la mañana que por la tarde y, ya no digamos, por la noche.

En mi vida laboral, igual. Me siento mucho más lúcido -dentro de lo que cabe, tampoco exageremos- al principio del día que hacia el ocaso.

La consciencia de esa circunstancia, en épocas de una intensa carga de trabajo, me lleva a que mi horario laboral crezca por la mañana (madrugando, mucho), y no por la tarde, a la que ya llego agotado, exhausto y difícilmente con la frescura y entereza necesaria como para hacer algo útil…

Y en esta época (diría que desde principios de año), mis madrugones se han acentuado, de modo y manera que las tardes ya me voy arrastrando; casi como alma en pena.

Y fue hace unos días, ya, precisamente, por la tarde, cuando me llega un aviso de que, en mi condición de trabajador autónomo, y en aplicación de no sé -sinceramente, es que ya son muchas cosas las que me superan y me van importando un comino- qué Real Decreto de hace unas cuantas semanas, tengo de plazo hasta el próximo 30 de junio para notificar a la Tesorería de la Seguridad Social los siguientes datos (y lo transcribo literalmente):

1.º La razón social y número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades de bienes de las que formen parte.

2.º Si desempeñan el cargo de consejero o administrador o prestación de otros servicios para la sociedad.

3.º El porcentaje de participación en el capital social en las sociedades o comunidades de bienes de las que formen parte.

Y todo ello con el -¡por favor!, ¡claro!- siempre bienintencionado objetivo de que «la regularización de su cotización a la Seguridad Social como persona trabajadora autónoma, (…), se pueda realizar evitando trámites posteriores añadidos que puedan suponer mayores inconvenientes». Si es que no falla: todo se hace en favor de nuestros propios intereses; pero nosotros somos unos desagradecidos.

¡Qué pereza me da todo! Quiero -¡ya!- reconvertirme en un neozelandés al que, ya como Derecho Fundamental, se me reconozca el retiro en una cabaña aislada en el Parque Nacional de Fiordland. ¡Por favor!!! No puedo más; lo digo muy en serio.

Ese aviso también me da cuenta de los medios a través de los que debo -sí o sí- cumplir esa obligación de comunicación; es decir, el deber no es sólo acerca del qué sino, también, del cómo. Les doy cuenta de esos canales (literalmente):

“Para realizar esta comunicación, los trabajadores autónomos tienen a su disposición los siguientes canales a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social -SEDESS-:

.- El servicio “Adjuntar documentación de trabajo autónomo”, ubicado en la ruta: “Empresas -Afiliación, Inscripción y Modificaciones”. En este caso, deberá aportar la documentación que a tal efecto encontrará en el apartado “Documentación adjunta” del propio servicio -formularios para el Registro Identificación de empresas y la Comunicación datos de personas vinculadas a empresas.

.- El servicio “Empresario Colectivo. Identificación de Empresa. Asignación de CCC inicial”, también disponible en la SEDESS, al que podrá acceder utilizando el certificado electrónico de persona jurídica de la empresa a la que figure vinculado.

(…)

Los autorizados al Sistema RED también podrán comunicar los datos solicitados por los canales que están a disposición de tales profesionales, ya informados en el BNR 05/2024”.

¡Por favor! No sé lo que es la SEDESS, no sé qué es la CCC, menos todavía sé qué es el “Sistema RED” y no quiero ni imaginarme lo que puede ser el BNR 05/2024.

Pero sí que sé una cosa: el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, me reconoce el derecho a “elegir en todo momento si me comunico con las Administraciones Públicas para el ejercicio de mis derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no”.

¿Y saben qué? Pues que yo elijo -convencida y conscientemente- el NO. Y siendo esto así, ¿me pueden explicar cuál es la razón por la que la Seguridad Social me obliga -sí o sí- a realizar ese trámite por una vía que no sea la analógica?

Por favor, déjenme en paz. ¡No puedo más! Libérenme de la burocracia que me aplasta. Sólo pido vivir mi vida, pacíficamente, trabajar -mucho- y que me dejen dar unos paseos en bici y remar de cuando en vez. Ya he dejado de fumar, apenas bebo, voy asumiendo que dejaré (por imperativo legal) de disfrutar de los toros… ¿Qué más quiere el Leviatán de mí?

Por encima de todo, no quiero ser una «persona regularizada» (sic), en la tan acertada como llamativa expresión utilizada por Cristina Pérez-Piaya en su brillante intervención en el reciente Congreso Tributario AEDAF-CGPJ que, en su 18ª edición, acaba de celebrarse en La Coruña.

¡Paren, por favor!

¡¡¡¡Déjenme (¿nos?) vivir!!!!

«Decía Willy Brandt que en política se puede resolver todo menos el problema de la burocracia. El tiempo ha demostrado que tenía razón».

«La Administración ha muerto». Pedro García Cuartango; ABC (10/5/2024).

#ciudadaNOsúbdito

Acerca de Javier Gómez Taboada

Inició su carrera profesional en el Departamento Fiscal de J&B Cremades (Madrid; 1992/94) y, posteriormente, en Coopers&Lybrand (hoy Landwell/PWC; Madrid/Vigo; 1994/97) y en EY Abogados (antes Ernst&Young; 1997/2014) donde fue su Director en Galicia. Licenciado en Derecho por la Universidad de Salamanca (1990). Máster en Asesoría Fiscal (MAF) del Instituto de Empresa (1992). Miembro del Colegio de Abogados y de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF). Coordinador de la Sección del I. Sociedades (2012-2015) de la AEDAF, miembro de su Consejo Institucional (2010-2015, 2018-2023), de su Sección de derechos y garantías del contribuyente (2015-2018), y de su Comisión Directiva asumiendo la Vocalía responsable de Estudios e Investigación (2018-2023). Miembro de los claustros docentes del Curso de especialización en Derecho Tributario de la USC; Máster en Asesoría Jurídica de la UdC; Máster de Derecho Empresarial de la UVigo; Máster en Asesoría Jurídica de Empresa (IFFE/La Coruña); Máster en Fiscalidad y Tributación (Colegio de Economistas de La Coruña); Máster en Tributación y Asesoría Fiscal (Escuela de Finanzas/La Coruña); y Máster en Asesoría Jurídico-Fiscal de la U. Complutense de Madrid. Autor de numerosos artículos doctrinales, tanto individuales como colectivos. Colaborador habitual de la revista del Colegio Notarial de Madrid ("El Notario del siglo XXI") y autor de la tribuna "Soliloquios tributarios" (Atlántico diario). Ponente habitual en Seminarios y Jornadas tributarias. Miembro Jurado 21º-24º edición Premio AEDAF. Reconocido por Best Lawyers (2020/2022) y “Abogado del año”/”Lawyer of the year” (2024).

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