Asesor fiscal en confinamiento. Día 6.

En contra de mis deseos e intereses, lamentablemente, ayer conseguí una triste victoria moral. Os cuento.

Como la mayoría ya sabréis a estas horas, a pesar de las publicitadas medidas de urgencia, llenas de propaganda para indigentes intelectuales y con propuestas de dudosa eficacia, se despejó una de las principales incógnitas de la jornada; qué papel iba a adoptar la AEAT para facilitar la recuperación ante la más que probable crisis económica y social que se nos avecina. Pues bien, como cabía esperar de un órgano administrativo que se siente aislado y por encima del conjunto de la ciudadanía y alejado de cualquier atisbo de humanidad, en su página web aclaraba:

No se interrumpen los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias

La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos administrativos que se establecen en el Real Decreto que declara el estado de alarma, no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias.

Es decir, que actuemos con normalidad. Que la vida continua como si nada de lo que sucede está aconteciendo. Ahí está, esta es nuestra Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

La AEAT no está para ayudar a las empresas, profesionales y empresarios, a los ciudadanos en general. No sólo no afloja sus garras, sino que mantiene el cerco estrecho y el amenazante vuelo sobre las cabezas de los contribuyentes.

En un momento de calentón, ante la confirmación de la triste realidad y la necesidad de expresar mi decepción, se me ocurrió promover una iniciativa, mientras dure el estado de alarma, de dejar nuestras basuras en las puertas de aquellas Delegaciones y Administraciones de la AEAT que nos queden más próximas. Ahora bien, afortunadamente, recobré la serenidad y la sensatez para darme cuenta, a tiempo, que esa propuesta era muy injusta con los trabajadores de los servicios de limpieza y gestión de residuos de las distintas poblaciones. Sería imprudente poner en riesgo a dichos trabajadores y agravar la crisis sanitaria con una crisis higiénica, por simbólica que fuera.

Debilidades humanas de un asesor fiscal confinado.

Con el paso de los minutos, adopto una postura más pragmática. Si la AEAT nos pide presentar las declaraciones, en tiempo y forma reglamentarios, con toda la normalidad, pues presentaré las citadas autoliquidaciones con los papeles y los datos que a mí se me antojen. Ya vendrán luego a pedirme explicaciones y ya discutiremos, con toda normalidad

En estas estaba yo, que, hete aquí, que se me aparece una visión. En un primer momento, sonrío y, poco a poco, yo sólo prorrumpo en una amplia carcajada, que aún mi familia no logra entender.

En mi visión contemplaba ese jubilado activo que, cual serpiente sigilosa, anda por los Colegios de Economistas y algunos foros empresariales cuchicheando y predicando la buena nueva de la relación cooperativa con la Administración Tributaria, así como todos esos profetas del Código de Buenas Prácticas que, desde sus despachos de techo de cristal, conciben la AEAT como ese amigo cuyo mal comportamiento se excusa por no haber tenido un padre honorable y bastaría algo de amor y comprensión para conseguir su conversión.

Hace unos meses publiqué aquí un post denunciando el Código de Buenas Prácticas como un código para siervos y esclavos. A raíz de dicho post algunas cosas se movieron, por ejemplo, que algunos compañeros de profesión cobraran conciencia de lo que se estaba cociendo a nuestras espaldas, con el consiguiente enfado y preocupación. Precisamente, por ello, algunos apóstoles del CBP y de la cooperación, que esperaban que el CBP se aprobase con el debido sigilo, se tomaron mi denuncia como afrenta personal. Tal es así, que, en algún caso, la reacción llegó al extremo a que, en algunos Colegios y organizaciones profesionales, se me ha marcado en rojo, como apestado y he dejado de ser bienvenido.

Pues bien, qué queréis que os diga, imaginarme su cara de sorpresa y decepción ante el proceder de la AEAT no tiene precio. Porque, queridos amigos, para los que nunca hemos dudado que la AEAT es un órgano coactivo y con graves déficits de trato y consideración con los ciudadanos (los del #ciudadaNOsúbdito de mi admirado y querido Javier Gómez Taboada y demás miembros de la #aldeagala), la decepción es mínima, lo más, la confirmación que toda esperanza es vana.

En cambio, para esos illuminati del buenismo administrativo, la decepción debe ser considerable. Lo siento por ellos, porque la gran mayoría, con la mejor de las intenciones, deseaban creer que otra relación era posible y era plausible un cambio. Tocará reconstruir puentes, pero, en primer lugar, creo que convendría hacerlo previamente en nuestro lado de la trinchera pues el gran Leviatán muestra su verdadero rostro y se torna amenazador y poderoso ante la ciudadanía.

* * * * *

NOTA.- Dedicado con todo el cariño y admiración a todos aquellos que se suman al espíritu de #ciudadaNOsúbdito y a la #aldeagala de resistencia frente a las Administraciones tributarias en defensa de los derechos y libertades ciudadanas.

3 pensamientos en “Asesor fiscal en confinamiento. Día 6.

  1. JOSE FRANCISCO ALVAREZ DIAZ

    Eso fué ayer. Pero hoy …por si fuera poco parió la abuela, como se dice por la aldea astur.Ya tenemos publicado todo lo relativo a la declaracion del IRPF 2019 y como no podia ser de otra manera porque para eso estamos en cuarentena, el plazo comienza el 1 de abril.Nos vamos a forrar con los recursos contra las multas a nuestros clientes por acudir a nuestros despachos porque tal desplazamiento no es de los permitidos.En fin cosas veredes

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  2. Ignacio

    Querido Emilio,

    te voy a contar una historia que creo te gustará:

    Mi padre era nonagenario cuando falleció. Había sido Inspector de Hacienda desde los años 50 (no quedaba ya con vida casi ninguno de su quinta) y fue hasta sus últimos días un profundo estudioso de los impuestos.

    Ya en los años 80, siendo asesor fiscal, fue durante muchos años miembro de la Junta Directiva del REAF, creo que incluso su vicepresidente, y presidente del Comité de Normas y Procedimientos de dicha institución. El REAF fue, pues, parte importante de su vida y sentía por tal institución un profundo e inmenso cariño.

    A pesar de su avanzada edad, continuó leyendo revistas de contenido fiscal, lo que le permitía estar razonablemente informado de las novedades que rodean a nuestra comunidad y, por ello, conocía la existencia y contenido del CBP.

    En sus últimos meses, con la reiteración e insistencia con que las personas mayores expresan sus mayores preocupaciones, mi padre me preguntaba:

    “Hijo mío, el REAF no habrá firmado eso del Código de Buenas Prácticas, verdad?”

    Yo, por supuesto, le daba la única contestación que su delicado estado de salud podía soportar:

    “Por supuesto que no, padre. Muchas cosas tendrían que cambiar para que el REAF firmara ese código. Puedes descansar tranquilo”.

    Así pues, mi padre se fue con la tranquilidad de saber que las distintas instituciones que defienden los intereses de nuestro colectivo pelearían por conseguir un universo tributario más justo antes de adherirse al CBP. Y te aseguro, Emilio, que tú tienes alguien en el cielo que apoya tu cruzada.

    Un fuerte abrazo

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  3. Manuel Pérez de Algaba

    No creo que dado el impacto de la crisis en la solvencia y viabilidad futura de las empresas y, a más corto plazo, en su situación de cash flow, la AEAT pretenda irse “de rositas”.

    El hecho de extender el periodo voluntario de ingreso sólo a las liquidaciones generadas por la administración pero no a las autoliquidaciones suscita la paradoja de que sólo esperando al periodo ejecutivo y forzando el apremio, se consigue la extensión del ingreso.

    Me pregunto cómo actuaría la administración, vista la paralización de plazos, ante el hecho de solicitudes generalizadas de aplazamiento sin aportación de garantía hasta el 20 de abril/30 de mayo (fechas de finalización del periodo voluntario de ingreso otorgado a liquidaciones de la administración según el RDL), y sin aportación de la prolija documentación que ello requiere, cuyo único objetivo es acreditar la situación de excepcionalidad del contribuyente.

    Dudo mucho que si la administración actua de acuerdo a la letra de la norma y no a lo que es el espíritu de la misma, desestimando la solicitud ante una clara situación de excepcionalidad reconocida por el propio Estado, los Tribunales refrendasen en su día tal postura.

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