Hoy tenemos un nuevo capítulo de esta serie de medidas legislativas que, primero se anuncian en el sesión de sobremesa, como si de un serial venezolano se tratase, mientras se filtran y se entregan varios borradores de los textos normativos a esos que se autodenominan periodistas, para que, en función de cómo vaya el tema, se va redactando algún que otro texto con apariencia de norma legal y, en cualquier momento, se publica, antes o después de entrar en vigor… ¡Qué más da! Y luego ya pensaremos si hay convalidación o no. Todo en orden.
Entiendo y comparto la preocupación porque haya personas vulnerables o en riesgo económico, personas que estén en situación de desempleo, personas dependientes y/o con discapacidad que necesitan un apoyo adicional, hay muchos trabajadores y autónomos con condiciones laborales y económicas muy justas.
Partiendo de este punto, apunto alguna de las medidas «anunciadas» vía Twitter® o su gabinete de prensa por el propio Gobierno, aunque, todo está completamente sujeto a cambios.
Respecto al bloque más destacado, las medidas vinculadas al sector inmobiliario, efectúo unas rápidas consideraciones:
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Una de las medidas más destacadas, consolida y legaliza, de facto, una ocupación de, al menos, 6 meses de cualquier vivienda. Porque, por más que, en la norma se respete nominalmente el derecho del propietario a percibir la renta, el inquilino sabe que el propietario no podrá echarlo de la vivienda, por lo que, es un incentivo poderoso para su incumplimiento.
Queda por ver si eso es de aplicación general o sólo para el segmento de población con menores rentas. Seguramente, se limitará a las personas y familias con menor capacidad económica. Y, a corto plazo, esta medida aparentemente les beneficiará.
Ahora bien, a medio y largo plazo, cualquier propietario de vivienda (en la medida que mínimamente se siga respetando el derecho a la propiedad privada) tendrá la tentación de evitar formalizar contratos de arrendamiento con los colectivos más desfavorecidos, lisa y llanamente, porque se expone a la pérdida de la disposición de su bien inmueble y su quebranto patrimonial.
En definitiva, una idea para favorecer a las capas más humildes, a medio y largo plazo, acabará por expulsarlas del mercado residencial, al convertirlas en parias e indeseables, por los riesgos que conlleva para el propietario.
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Otra de las medidas es que el Estado (vía vete a saber qué) preste dinero a los inquilinos que, por pérdidas de rentas (empleos) no puedan hacer frente al pago de su alquiler.
La medida es razonable y pretende que los inquilinos obtengan cierta liquidez para no perjudicar los legítimos derechos de los propietarios. Hasta ahí, bien.
Sin embargo y como expliqué hace unos días (aquí), cuando no hay ingresos, te quedas sin trabajo o sin cobrar nada (porque eres un empresario o profesional encerrado en casa al que han obligado a cerrar su negocio y está mano sobre mano, pagando, entre otros, la cuota de autónomos), poco te soluciona pedir un préstamo o crédito, aunque sea en unas condiciones financieras muy buenas. Los préstamos hay que devolverlos y si no hay verdaderas expectativas de obtener ingresos, sólo un insensato se endeudaría para los gastos cotidianos.
Pero, pensemos, por un momento, que el inquilino ha tenido la desgracia de perder el empleo y no puede pagar el alquiler. Sabiendo como sabe, como antes hemos apuntado, que durante un periodo de tiempo (bastante amplio) no lo pueden echar de la vivienda (la prohibición de desahucios), ¿por qué debería solicitar un préstamo al Estado? Puede impagar y, transcurridos unos meses, ya se verá…
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Respecto de los grandes tenedores, sea lo que sea eso lo que signifique (dicen que el que tenga más de 10 bienes inmuebles, como si fuese lo mismo 10 casas de pueblo en San Pedro de la Mezquita (Orense) que 10 viviendas en Paseo de Gracia de Barcelona), parece que, les tocará hacer una rebaja o reestructuración del cobro del alquiler (a 3 años vista).
Para los contratos de arrendamiento que aún resta un plazo amplio de vigencia, 3 o más años, seguramente, hay margen suficiente para fraccionar y renegociar la renta en el periodo restante. Sin embargo, si apenas quedan unos meses de duración del contrato, las opciones de negociación se reducen, y si el propietario se ve obligado a aceptar una pérdida de renta, entonces, tiene un incentivo para evitar la renovación del contrato y la consiguiente resolución definitiva a su vencimiento.
Luego, ya veremos cómo lo encajamos a efectos de la Imposición directa (IRPF o IS), no vaya a ser que, por criterio de devengo nos exijan unas rentas que hemos periodificado por el tiempo que resta del contrato, con el consiguiente anticipo de la tributación. Otro clavo al propietario.
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Pero, lo más destacado, es que, sigue sin darse respuesta al sector inmobiliario no residencial, es decir, oficinas, locales comerciales, naves industriales, etc., en definitiva, los espacios en los que directamente se desarrolla una actividad económica y productiva y están vinculados al ámbito empresarial.
Estimo que no dar respuesta es una forma de responder. Al negarse a dar ningún tipo de apoyo o ayuda (bien sea vía transferencias directas o créditos fiscales), especialmente, a los más afectados por el cierre o la paralización de gran parte de su actividad económica, consiente que se perjudiquen aquellas empresas o empresarios con menor capacidad de negociación, favoreciendo tanto a las grandes empresas y/o a los grandes propietarios inmobiliarios.
En cuanto a las cuotas de autónomos y ciertas cotizaciones a la Seguridad Social, se ha anunciado una moratoria, un vulgar aplazamiento de las deudas laborales. ¡Oh! ¡Cuán afortunados que nos condonan unos intereses de demora por un plazo máximo de 6 meses! Pero el Estado (Seguridad Social) no renuncia a un euro de ingresos. Mientras que, gran parte de las empresas y titulares de una explotación económica tendremos que afrontar una pérdida de ingresos, mayor o menor, más inmediata o a lo largo del tiempo, el sector público sigue canibalizando y exprimiendo al sector privado sin fin.
Luego, hay el tema de facilitar que, los más afectados por la obligada parada de la actividad (y la consiguiente crisis o quiebra) puedan disponer de los ahorros en planes de pensiones (a priori, indisponibles salvo en los supuestos especialmente tasado en la normativa vigente). Se les abre una ventana de liquidez y… ¿se está asegurando el Estado una nueva fuente de ingresos? Porque, a priori y hasta donde yo sé, esta disposición parcial o total de los planes de pensiones se califica como renta sujeta al gravamen del IRPF y, por consiguiente, deberá someterse a la práctica de retenciones a cuenta del Impuesto, sin perjuicio de su inclusión en la declaración de la Renta del próximo ejercicio. ¿Podremos aplicarnos la reducción por irregularidad del 30%? Y si, en lugar de integrar la parte dispuesta, les da por exigir una regularización proporcional de las reducciones a la base imponible que el trabajador o el autónomo se hubiese aplicado en años anteriores… Mejor me callo…
Finalmente, me llama la atención las medidas publicitadas en materia de consumo, impropias de un Estado de Derecho. Cuestiono algunas de las propuestas que se han anunciado, aunque me benefician de forma directa, pues suponen una injerencia altamente peligrosa y un grave precedente, consintiendo que el Estado pueda determinar el modo y la forma de regularse entre dos partes independientes en el mercado. Bajo una apariencia beatífica, se está inoculando el veneno del control del mercado y una nueva pérdida de libertades de los agentes económicos.
Cada vez lo tengo más claro, este Gobierno, aprovechando la crisis sanitaria, asume que causar y agravar una crisis económica, a pesar del coste económico y social, debilitará al sector privado, y, en particular, a las PYME’s, a los autónomos, profesionales liberales. Aunque somos un colectivo muy disperso y fraccionado, tenemos un denominador común: no tenemos vocación de siervos o súbditos, tenemos una mentalidad netamente independiente y ayudamos a que el conjunto consiga prosperidad y crecimiento, somos la garantía de los derechos y libertades colectivos y la principal amenaza a cualquier gobierno con pretensiones hegemónicas. Porque, cuanto más pobre y debilitada esté la población, más dependiente y sumisa será al poder establecido.
Buenísimo este post de hoy ??