Las medidas fiscales del acuerdo de investidura PSC-ERC

Esta semana asistiremos, bien provistos de palomitas, a una nueva entrega del vodevil en el que se ha convertido, desde hace décadas, la vida política catalana y – por extensión, por infección – la del conjunto de España. Escribo estas líneas mientras, como se dice en catalán, “llogo la meva cadira” (alquilo silla) para asistir al desenlace de las amenazas del fugado, en la expectativa de su entrada ¿triunfal? en el Parlament, ¿de nuevo en el maletero de su vehículo?
Tiendo a pensar que los sufridos seguidores de esta bitácora fiscal no habrán tenido el cuajo ni la paciencia necesaria para revisar en su integridad el acuerdo de investidura entre el PSC y ERC, al menos, por dos razones: Está en catalán, lo que dificulta su inteligibilidad para el conjunto de la ciudadanía española (la traducción libre que de su contenido al castellano ofrezco en estas líneas, que iré entrecomillando al citarlo en su literalidad, es de mi factoría, desde mi acreditación como titulado C1 en lengua catalana); Son veinticinco páginas de ardua ingesta, ¡voto a Bríos!, a estas alturas de la canícula.
Sigan, pues, descansando en estas soleadas fechas. Les he ahorrado el esfuerzo y se las resumo en estas pocas páginas, para su sencilla digestión en forma de exótico combinado, de modo que queden bien informados al respecto. Les puedo asegurar, lo he leído con atención, que en todo el acuerdo no hay nada más, en materia de política fiscal, que lo que trataré de resumirles en esta entrada. Para su tranquilidad estival.
Lo que ya luego se haga o deje de hacer, una vez “embestido” el candidato, dependerá de los idus de Sánchez que, bien sabido es, resultan tan imprevisibles y erráticos como la residencia fiscal de su hermanísimo.
No me quiero entretener aquí, más de lo imprescindible, por higiene mental, en el análisis minucioso de lo que se ha dado en llamar la extensión a Cataluña del modelo del concierto y cupo vasco, o – tanto monta, monta tanto – del de convenio y aportación navarra.
Los juegos florales confederados para la financiación “singular”, “bilateral” y “solidaria” de Cataluña, únicamente podrán traducirse en realidades tangibles mediante una reforma en profundidad del modelo: “No se trata de reformar un modelo de financiación común, sino de cambiarlo desde un paradigma basado en la singularidad y la bilateralidad”, se dice en el texto acordado.
Puede que estemos, con tanto ruido, ante el famoso parto de los montes, que, entre bramidos espantosos, dieron a luz un ratoncillo.


En definitiva, esto es incontestable, la puesta en práctica efectiva de lo acordado por el PSC y ERC para la investidura del Sr. Illa como President de la Generalitat de Catalunya exige una reforma en profundidad, así se reconoce expresamente en el acuerdo suscrito, de “la LOFCA, la ley de financiación de las comunidades autónomas y la ley de cesión de tributos a Cataluña”.
Esa reforma no depende, ya, de las juventudes de ERC sino de los conejos que de su chistera sin fondo logre – o no – extraer el Presidente del Gobierno de España, para apaciguar el patio de su propio partido y contentar a sus circunstanciales conmilitones de votaciones parlamentarias.
Así las cosas, hasta tanto en cuanto no tome cuerpo la reforma legal del modelo, no me parece que tenga sentido prestarle detenida atención; ¡Salga el sol por Antequera y que sea lo que Dios quiera!
Para no dejarles con la miel en los labios, les facilito el enlace a los dos comentarios de urgencia que me han resultado más oportunos como resumen apresurado de lo que el acuerdo puede comportar en términos de modelo de financiación y, en definitiva, de Estado.
Desde una perspectiva hacendística, el de Francisco de Latorre, “El concierto económico para Cataluña y el final del sistema de financiación autonómico” que apunta una derivada de particular trascendencia y en la que se debe de insistir sin desistir cada vez que los foralistas y confederados hablen de “lo suyo”.
El modelo financiero español ya es, desde al menos 2001, de corte federal. La gestión efectiva del gasto público se distribuye entre tres niveles territoriales de gobierno, siendo el autonómico el más abultado (38%), frente al local (12%) y el estatal (20%).
El 30% restante lo gestiona una entidad institucional, la Seguridad Social. Y es aquí donde radica la madre del cordero federal. Por obra y gracia de la política financiera de los últimos gobiernos de coalición, oportunamente sostenidos por heterogéneos nacionalistas, el Tesoro público de la Seguridad Social está quebrado.
Únicamente puede atender sus compromisos, en materia de pensiones indexadas fundamentalmente, gracias a que el Tesoro público estatal le transfiere cantidades ingentes de recursos financieros mediante originales conceptos como el de “gastos impropios” (¡y tan impropios!) o “préstamos” de esa tipología semejante a los que el FLA ha venido realizando al Tesoro catalán por importe de hasta 15.000 M. €: Para apuntarlos en una barra de hielo y ponerla al sol, que diría un castizo.
En números redondos esa cantidad se mueve alrededor de los 50.000 M. € anuales. Como es notorio, también los vascos, vascas, navarros y navarras cobran sus pensiones. Con las cotizaciones de quienes lo hacen en dichos territorios no se cubre su integridad. El déficit entre cotizaciones y pensiones forales ronda los 5.000 M. € anuales.
¿Con qué cantidad contribuyen los Tesoros forales – que gestionan la práctica integridad de los recursos fiscales generados en los mismos – a paliar ese déficit? Lo han adivinado, con cero euros, como mandan los cánones del modelo que es netamente extractivo.
Algo semejante ocurriría, qué duda cabe, con el cacareado concierto catalán. La voluntad incuestionable de sus precursores es quedarse con “las llaves de la caja”, con los recursos fiscales, pero no, ¡hasta ahí podíamos llegar!, con el déficit de la Seguridad Social en su territorio.
El déficit de la Seguridad Social se seguirá financiando mediante el creciente recurso del Estado al endeudamiento del Reino de España. Eso sí, de aprobarse la reforma del sistema de financiación autonómica en los términos apuntados en el acuerdo lo previsible es que, perdiendo con ello solvencia el Tesoro público español, se deterioraría el ratio de fiabilidad de su Deuda pública, con la que se financian las pensiones de todos los ciudadanos españoles. También las de quienes residimos en territorios forales y en Cataluña. Mal asunto.
En pleno desarrollo del “procés”, recuerdo la propuesta que en cuanto al modelo de cotizaciones y pensiones circulaba entre los siempre ingeniosos maquinadores del engendro. Lograda la independencia, las cotizaciones se pagarían a la flamante Seguridad Social catalana que en ese momento se crease. Las pensiones ya devengadas, pues ya si eso, que las siguiese pagando la Seguridad Social española. Lo normal, vaya. Sobre todo cuando, de media, todo lo que haya podido cotizar un ciudadano en su vida laboral lo recibe de vuelta en doce años de cobro de su pensión. Al ritmo que se incrementa la esperanza de vida, que ya supera los ochenta y cinco, y las jubilaciones anticipadas, pues eso, que lo que no puede ser no puede ser y, además, es imposible.
En términos históricos y constitucionales, no tiene desperdicio la entrada de Teresa Freixes y José Varelo, “Hablemos claro: hacia el despeñadero de la confederación”. En definitiva, y hace tiempo que esto lo saben las piedras, la extensión del modelo organizativo foral no es ni política, ni económica, ni jurídicamente replicable en Cataluña. La excepción foral vasca y navarra, un anacronismo medieval en un Estado moderno, tan solo se sostiene sobre una disposición adicional que está clavada en el texto de nuestra Constitución por lo que bien se podrían llamar “derechos de sangre” de los denominados territorios históricos: Tres guerras carlistas en el siglo XIX, más una in-civil, y cincuenta años de despiadado terrorismo, en el XX.
Vamos a lo operativo. Ciertamente, y en esto tienen razón los independentistas, se puede avanzar mucho, sin siquiera reformas legales, en el despliegue del art. 204 del Estatuto de Cataluña – incólume a su paso por el Tribunal Constitucional – que prevé la formalización de un Consorcio entre las Administraciones tributarias estatal y catalana para colaborar en la gestión de los tributos.
Ni Zapatero, ni Rajoy ni Sánchez han hecho nada al respecto. Es una asignatura pendiente. Bien podría pasar, por ejemplo, por dar entrada a las instituciones autonómicas catalanas en el gobierno de la Delegación especial de la AEAT, tal y como hace ya más de diez años apunté en esta misma bitácora, “Un nuevo modelo de Administración tributaria”.
Pero no es eso lo que pretende el independentismo. Lo que quieren, y así se dice expresamente en el acuerdo, es el “traspaso de medios humanos, materiales, económicos y tecnológicos” de la AEAT. Lo que gráficamente llaman “las llaves de Letamendi”, que es la plaza barcelonesa en la que se ubica físicamente la Delegación especial de la AEAT. No da la impresión de que los en torno a 3.000 empleados de la AEAT destinados en Cataluña – casi tantos como de bomberos dispone la Generalitat – estén entusiasmados ante semejante perspectiva.
Es evidente que, desde Zona franca, donde se ubica la sede central de la Agència tributaria de Catalunya, es inviable gestionar, hoy por hoy, todos los tributos estatales. La complejidad técnica del reto es inasumible para una entidad que no dispone ni de personal preparado para afrontarlo, ni de los sofisticados recursos técnicos que ello comporta.
Se dice que para mañana, el 2025, se empezaría con el IRPF y para pasado mañana, el 2026, con el IVA de las PIME’s, ¡a saber!, y, estupefaciente mención, de los arrendamientos turísticos. Tal vez porque la ATC ya se entiende con las plataformas que los gestionan, mediante un acuerdo colaborativo ejemplar, bien diseñado, para el cobro del impuesto propio sobre establecimientos turísticos.
Hasta aquí lo relativo al modelo de financiación propuesto. Incierto en su diseño y con más problemas que un libro de matemáticas en cuanto a su puesta en práctica. Más allá de la puesta en marcha del estatutario “Consorcio”, que bien está que arranque, desde premisas colaborativas, eso sí, que no conflictivas.
Vamos ahora con las propuestas en política fiscal. Pocas y sintomáticas. Terminaremos pronto.
La primera huele a Ayuso: “Mantener el impuesto de sucesiones y de patrimonio en sus tipos actuales y no implementar propuestas de deflactación del IRPF”. Sin despeinarse, sin ofrecer razón alguna al respecto, “porque yo lo valgo”, porque aquí, en Cataluña, se ha de hacer todo lo contrario de lo que se haga en la Comunidad autónoma de Madrid. Ya está.
En cuanto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que es su denominación oficial, hace ya muchos libros blancos para la reforma de esto y de lo otro – de los que se acumulan en los archivos de la Dirección General de Tributos – que se viene diciendo, por unos y otros, por activa, pasiva y perifrástica, que el ISD ha degenerado en una trituradora de justicia tributaria. Es notorio y flagrante.
En Italia las sucesiones entre parientes cercanos gozan de una reducción de un millón y el resto tributa al 4%; entre parientes más lejanos la reducción es de cien mil euros, y el tipo impositivo del 8%; entre extraños no hay reducción y el tipo impositivo es del 10%: ¿Carece de lógica?, ¿resulta desproporcionado?, ¿no sería fácil lograr en España un consenso para algo semejante, ofreciendo a los Parlamentos autonómicos un cierto margen de maniobra para modular, razonablemente, al alza esos tipos impositivos o esas reducciones?
El impuesto ganaría una enormidad en términos de equidad vertical, horizontal y territorial, al mismo tiempo que se incrementaría de forma equilibrada y justa su recaudación efectiva. Una reforma así se podría articular, en pocos meses, mediante un proyecto de ley estatal que, diría que casi con toda seguridad, gozaría de un más que considerable consenso. Pero no, el problema es que en Madrid se paga menos que en Barcelona.
Lo más chocante es la obsesión con no deflactar la tarifa del IRPF. Hay países, como EE.UU. o Bélgica, donde esa adecuación de las tarifas a la pérdida del poder adquisitivo de los contribuyentes es automática. En España no se ha hecho nunca, y las actuales tienen casi veinte años a sus espaldas. Es obvio que el no hacerlo genera lo que se denomina progresividad en frío. Suben los impuestos por mor de la mera indiferencia ante la pérdida de capacidad adquisitiva de los contribuyentes. La pasividad del legislador, en un entorno inflacionario, aumenta, de forma indefectible, la presión fiscal sobre los contribuyentes.
En el Consejo para la Defensa del Contribuyente aprobamos la pasada primavera una propuesta de reforma a estos efectos. Y es que no son pocos los contribuyentes que han presentado quejas al respecto. En particular por lo relativo a la inadecuación de la cuantía que fija el límite cuantitativo para disfrutar de la reducción por el sostenimiento económico de los ascendientes. Desde su implantación, está clavada en 8.000 €. Al incrementarse las pensiones, no son pocos los contribuyentes – y entre los más desfavorecidos y vulnerables – que han visto desparecer dicha reducción de sus autoliquidaciones, con un coste en términos de cuota considerable. ¿No es de justicia reparar semejante desaguisado? Pues no. ¿Por qué? Porque lo ha hecho Ayuso, “¡y vale ya!”.
La segunda flamante propuesta que en términos de política fiscal contiene el acuerdo se refiere al IRPF: “Mantener el acuerdo alcanzado en el marco de los presupuestos 2024 de rebajar el IRPF para rentas inferiores a 35.000 €”.
Se conoce que el umbral de riqueza se ubica en los 35.000 € de renta. A partir de ahí, el muro y el cordón sanitario frente a los ricos. Sin más, con la brocha gorda, ¡ahí queda eso!
Pues miren, yo más bien sería partidario de la universalización de la obligación de autoliquidar el IRPF – también sobre este particular el Consejo ha realizado sucesivas, desoídas, propuestas, nacidas de las sistemáticas quejas que genera el arbitrario diseño de los límites para declarar – con la pareja generalización de una testimonial retención a cuenta del 1’5% para cualquier género de renta – productiva o asistencial, monetaria o en especie – que reciban los ciudadanos y la revisión/eliminación en profundidad de las exenciones que, hasta la letra z), se amontonan en el art. 7 LIRPF. Claro que esto, a fuerza de justo, no resultaría del todo popular.
Ciertamente, reportaría más trabajo a las Administraciones tributarias – consorciadas, a ser posible – y a las que prodigan rentas – públicas o de iniciativa social – pero la inteligencia artificial tiene capacidad para paliar esos costes adicionales y, desde luego, el sistema ganaría en equidad vertical y horizontal. La frontera azul de los 35.000 € – se supone que por cabeza – es, sencillamente, otra arbitrariedad clamorosa. Eso sí, de ninguna de las maneras se ha deflactar la cifra, que quede claro.
No estaríamos en Cataluña si no se propusiera subir los impuestos que ya existen, en este caso el que grava el juego en los casinos, y crear uno nuevo, sobre las emisiones de CO2, que no se deja claro si se vendría a subsumir el que ya existe, o sería otro adicional, de nueva factura.
La última medida de política fiscal autonómica es entrañable: “Equiparar las familias monoparentales a las numerosas por lo que a derechos y medidas fiscales”. De nuevo, sin razón alguna, sin sentido, sin justificación. ¿Quizás porque, con frecuencia, las familias numerosas están al otro lado del muro?
Aunque raramente se hable de ello, el gran reto al que se enfrenta nuestra generación es el incontestable, acelerado y dramático declive demográfico. Ante ello, hay Estados que se comprometen decididamente con los progenitores en la crianza de sus descendientes. Alemania, por ejemplo, procura a cada criatura una subvención directa, “Kinder Geld”, de alrededor de 250 € mensuales mientras esté cursando estudios, incluso universitarios. Lo único semejante que existe en Derecho español son los 120 € mensuales de los primeros tres años, poco más que para pañales.
Desconozco a qué “derechos y medidas” se refiere el acuerdo. Lo que sí sé es que la familia numerosa cumple una función social que no concurre en la, así llamada, monoparental: La de contribuir de forma efectiva, significativa, diferencial, y a su costa, a la financiación del futuro de toda la ciudadanía; en concreto, al sostenimiento de las pensiones que se pagarán con las cotizaciones de los descendientes cuya crianza han asumido, hoy, sus padres y madres.
La política tributaria, financiera, en lo relativo a las familias es un asunto complejo y delicado. Hubiera sido interesante leer propuestas concretas, y comprensibles, al respecto en este acuerdo. Lo que es indudable es que una familia numerosa y una monoparental son categorías conceptuales que responden a realidades, a hechos, completamente distintos. Es más, la monoparental puede ser, a la vez, numerosa: ¿Se doblarían, entonces, para esos casos tales “derechos y medidas”?
Parece, más bien, una proclama a la defensiva al estilo de la llamada “cláusula Camps” que adorna el Estatuto valenciano, en virtud de la cuál cualquier modificación de la legislación estatal que incremente las competencias autonómicas deberá ser aplicable a la Comunidad Valenciana. En definitiva, que nada que se le reconozca a la familia numerosa se le niegue a la monoparental. Porque sí.
En definitiva, este acuerdo es tan inconsistente en lo que anuncia – y que no está en condiciones de garantizar – la reforma del modelo de financiación autonómica, de Estado, como insustancial y vaporosa en lo que sí estarían sus firmantes en condiciones de llevar a cabo, una política fiscal autonómica propia de Cataluña, consorciando la aplicación de los tributos con la AEAT y desplegando medidas fiscales originales, de alcance.
Lo dicho, que, como en la fábula de Samaniego, pudiera ser que estuvieramos ante el estrepitoso parto de los montes, vaya, que “con bramidos espantosos infundieron pavor a los mortales” para, que, al cabo, “un ratoncillo fue lo que parieron”.

7 pensamientos en “Las medidas fiscales del acuerdo de investidura PSC-ERC

  1. RICARDO NARBON LAINEZ

    Me temo José Andrés que las pensiones son como una tubería llena de agujeros (uno por cada Comunidad Autónoma), y el concierto catalán lo único que va conseguir es hacer los agujeros más grandes, consecuencia, se perderá más agua. Los políticos son tan cortoplacistas que no piensan en las generaciones futuras cuando pase mucha menos agua por la tubería. En la actualidad no creo que haya muchos contribuyentes aplicando la deducción por ascendientes (también aplica a los descendientes) por rendimientos netos del trabajo inferior a 8.000 euros, esa cuantía se ha quedado fosilizada. Gran artículo de opinión que suscribo en su totalidad. Saludos.

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    1. José-Andrés Rozas

      Muchas gracias Ricardo!! Así es, y por eso en el Consejo nos llegaron abundantes quejas al respecto que se han traducido en una Propuesta de reforma sobre la adecuación monetaria de los elementos esenciales de los tributos.

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  2. Pedro Herrera

    Excelente e incisiva aportación, José Andrés. ¡Enhorabuena! Me llama especialmente la atención lo relativo al inexistente consorcio, a la no deflactación de la tarifa y a la equiparación de las familias monoparentales y las numerosas.

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